Emisión de resolución de autorización de operación de plantas de almacenamiento y regasificación de Gas Natural Licuado (plantas satélites de GNL), y red de distribución

Servicios ARC

Información proporcionada por: Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables (ARCERNNR)

El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado hacia el análisis, la revisión y la emisión de la autorización de operación de plantas de almacenamiento y regasificación de Gas Natural Licuado (plantas satélites de GNL), y red de distribución.

¿A quién está dirigido?

Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desean ejecutar actividades hidrocarburíferas en el Ecuador.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de operación de plantas de almacenamiento y regasificación de Gas Natural Licuado plantas satélites de GNL, y red de distribución

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Solicitud escrita de Autorización de operación de plantas de almacenamiento y regasificación de Gas Natural Licuado (plantas satélites de GNL), y red de distribución.
  2. Título de propiedad de la planta de almacenamiento.
  3. Memoria técnica de la infraestructura. 
  4. Contrato de suministro de Gas Natural Licuado (GNL) suscrito con la abastecedora.
  5. Póliza de seguro de Responsabilidad civil extra-contractual.
  6. Comprobante de pago para la Autorización de operación de plantas de almacenamiento y regasificación de Gas Natural Licuado (plantas satélites de GNL), y red de distribución, efectuado con el código 1301121900 en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables.

Requisitos Especiales:

  1. Archivo digital con normas técnicas aplicadas al proyecto en mención.
  2. Permiso del Municipio local para lo operación de la planta de Gas Natural.
  3. Aprobación de Estudio de Impacto Ambiental.

¿Cómo hago el trámite?

Pasos a seguir en línea:

  1. El Usuario accede al trámite mediante la opción “Ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página 
  2. Llena los respectivos campos obligatorios del formulario digital.
  3. Entrega el formulario conjuntamente con los documentos respectivos (originales, copias certificadas por notario público, copias certificadas por el régimen de fedatarios o copias simples con la declaración responsable firmada) en la Agencia Matriz, Cordinaciones Zonales o Direcciones Distritales a nivel nacional para proceder con el inicio de la ejecución del trámite.

Pasos a seguir de manera presencial:

  1. Entregar en la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables la solicitud dirigida al Director Ejecutivo, acompañado de los requisitos establecidos.
  2. En el caso de información faltante, se remite el trámite al usuario para completar los requisitos.
  3. Una vez que se han cumplido los requisitos administrativos, se dispondrá la ejecución de una inspección técnica para verificar en sitio la infraestructura de Centros de Acopio o Depósitos de Distribución de Gas Licuado de Petróleo en cilindros.
  4. Si como resultado de la inspección técnica se determina que el requerimiento no cumple con las condiciones necesarias, se procede a informar al solicitante y se remite el trámite para completar los requisitos.
  5. Una vez cumplidos todos los requisitos, se emite la resolución de autorización de operación y registro de Plantas de Almacenamiento y Regasificación de Gas Natural Licuado (plantas satélites de GNL), y red de distribución.

Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

USD 10,00 por metro cúbico de unidad de almacenamiento o fracción mínimo USD 500,00, valor fijo correspondiente a las tasas por los servicios de regulación, control y administración que presta la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables según Resolución No. 002-DIRECTORIO-ARCH-2012 publicada en Registro Oficial No. 574 vigente a partir del 27 de agosto de 2015.


El Pago debe realizarse con el código 1301121900, en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana y Coordinaciones Zonales o Direcciones Distritales según su jurisdicción.

Horario de atención: Lunes a Viernes de 08h00 a 16h30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinida (siempre que se mantengan como mínimo las condiciones iniciales y se cumpla con los controles anuales).

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Patricio Nuñez

Email: wilson.nunez@controlrecursosyenergia.gob.ec

Teléfono: 3996 500

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 1
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
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47 2020-08 0 0
48 2020-09 0 2
49 2020-10 0 0
50 2020-11 0 0
51 2020-12 0 0
52 2019-01 0 0
53 2019-02 0 0
54 2019-03 0 0
55 2019-04 0 0
56 2019-05 0 0
57 2019-06 0 0
58 2019-07 0 0
59 2019-08 0 0
60 2019-09 0 0
61 2019-10 0 1
62 2019-11 0 0
63 2019-12 0 0
64 2018-12 0 0
65 2017-12 0 1
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Fecha de última actualización: 2023/10/18