Fecha de suscripción: 2008-04-02
Fecha de publicación: 2008-04-21
Número de registro: Registro Oficial 320
Tipo de regulación: Acuerdo ministerial
El presente reglamento se aplicará, a nivel nacional, a las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, legalmente establecidas o domiciliadas en el país, o asociaciones de estas personas que realicen actividades de comercialización de gas natural en los sectores residencial y comercial.
El presente reglamento no regula la comercialización de gas natural para el mercado industrial y vehicular, que serán normados por instrumentos jurídicos independientes. Tampoco regula las actividades de almacenamiento primario, transporte primario del gas natural por gasoductos y/o en buques criogénicos.