Atención al recurso extraordinario de revisión en materia de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial

El usuario requirente puede solicitar en la ANT la atención al recurso extraordinario de revisión

Información proporcionada por: Agencia Nacional de Tránsito (ANT)

Trámite orientado a la atención al recurso extraordinario de revisión en materia de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, consiste en la solicitud realizada por el usuario, para la revisión de los errores materiales, de hecho o de derecho existentes, aparición de pruebas o elementos posteriores o vicios existentes en los actos administrativos o resoluciones de la ANT.

Podrán interponer el recurso extraordinario de revisión en materia de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, sobre actos o resoluciones firmes cuando concurran alguna de las causas siguientes:

a) Que hubieren sido dictados con evidente error de hecho o de derecho que aparezca de los documentos que figuren en el mismo expediente o de disposiciones legales expresas;
b) Cuando con posterioridad aparecieren documentos de valor trascendental ignorados al expedirse el acto o resolución que se trate;
c) Cuando en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios falsos declarados en sentencia judicial, anterior o posterior a aquella resolución; y,
d) Cuando la resolución se hubiere expedido como consecuencia de uno o varios actos cometidos por funcionarios o empleados públicos tipificados como delito y así declarados en sentencia judicial firme.

La solicitud para este trámite deberá ser ingresado de manera presencial, por el titular del derecho o un tercero debidamente autorizado, en la ANT - Matriz o sus Direcciones Provinciales, el cual deberá estar dentro del termino establecido en la Ley. 

¿A quién está dirigido?

Persona mayor a 18 años de edad, que desee realizar la atención al recurso extraordinario de revisión en materia de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial. Existen los siguientes tipos de beneficiarios:

- Persona jurídica: persona sujeta a derechos y obligaciones de una empresa, pueden ser privadas o públicas.

- Persona natural: responsable personalmente de las deudas y obligaciones de una empresa, pueden ser ecuatorianos o extranjeros. 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Oficio de respuesta con la atención al requerimiento

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Solicitud de atención del recurso de extraordinario de revisión interpuesto ante la máxima autoridad de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT)

Requisitos Especiales:

En caso que el trámite lo realice una tercera persona se deberá traer el original de la autorización simple y copia de cédula del titular.

¿Cómo hago el trámite?

PROCESO PRESENCIAL:

  1. Entregar los documentos habilitantes (requisitos) en el módulo de recepción de documentos.
  2. Esperar la respuesta de la solicitud (autorización o negativa) a través del correo electrónico o gestión documental Quipux.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En la ANT Matriz y Direcciones Provinciales a nivel nacional (solo para recepción de documentos).

Horario de atención: Lunes a viernes de 8h00 a 16h30.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Agencia Nacional de Tránsito - Contacto Ciudadano Digital (https://www.contactociudadano.gob.ec/)

Teléfono: 023828890

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Fecha de última actualización: 2026/01/13

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