En cumplimiento al artículo 36 de la Ley de Minería, los titulares de derechos mineros deberán contar con un Informe Favorable emitido por parte de la Autoridad Ambiental para la renovación de su título minero, la Secretaría de Ambiente en su calidad de Autoridad Ambiental Competente en el DMQ emite el Pronunciamiento al Informe Favorable para renovación de Titulo Minero....