ORDENANZA No. 007-2026 EXCENCIÓN TRIBUTOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORESArtículo 7. Exención de la tasa. - Las personas adultas mayores, gozan de la exención del valor del consumo de un medidor de agua potable cuyo consumo mensual sea de hasta 34 metros cúbicos. Los demás medidores que consten a nombre del beneficiario o su cónyuge o conviviente, pagarán la tarifa normal de consumo; así como, el exceso del límite establecido, de acuerdo con lo p...