Los importadores podrán solicitar el etiquetado o reetiquetado conforme la validación previa del INEN y SENAE de las mercancías que hayan incumplido con la RTE INEN ((https://drive.google.com/file/d/15te5bPmBdoi0TXvuDWL2uH2b66p18ApW/view) para que puedan entrar al sistema de comercialización dentro del país, con la finalidad de evitar la reexportación de los productos.
La empresa importadora deberá escoger a qué régimen desea aplicar (70 o 10)
El Régimen 70 (Régimen de depósito aduanero) aplica a las mercancías que están en el país y que previo al ingreso al sistema de ventas o comercial del país son validados por el INEN y SENAE (en este régimen no se aplicarán procesos administrativo que incurra en multas).
El Régimen 10 aplica a las mercancías que han ingresado al sistema comercial del país sin previa validación del INEN y SENAE. En este régimen, en caso de incumplimientos con las Leyes de SENAE y RTE INEN incurren en proceso administrativo que generan una multa.
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Fernanda Negrete
Correo electrónico: fnegrete@produccion.gob.ec
Teléfono: 023948760 ext. 2158