A través de este trámite que se realiza en la Agencia de Regulación y Control de Telecomunicaciones (ARCOTEL), él o la cónyuge y/o los herederos podrá obtener la autorización para la continuación de uso de los derechos del título habilitante hasta que finalice el plazo del mismo, por fallecimiento de la persona natural concesionaria de una frecuencia de Radiodifusión Sonora y de Televisión de Señal Abierta, con sujeción a los criterios, requisitos y procedimientos previstos en la Ley Orgánica Comunicación, en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sus reglamentos generales, el Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para Servicios del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico; y, lo señalado en los títulos habilitantes.
Contacto para atención ciudadana
Contacto: TATIANA BOLAÑOS
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