El Ministerio del Trabajo a través de sus ventanillas de atención en las Direcciones Regionales de Trabajo y Servicio Público, sus oficinas técnicas y mediante los medios virtuales dispuestos receptan la solicitud de aprobar la disolución voluntaria de Organizaciones Sociales, fundaciones y microempresas asociativas.
La disolución será declarada por la cartera de estado competente que aprobó los estatutos y otorgó el reconocimiento de personalidad jurídica, observando los procedimientos establecidos en la normativa legal vigente. Las organizaciones sociales podrán presentar las acciones administrativas y judiciales que consideren necesarias a fin de hacer valer sus derechos.
Se deberá revisar las causales de disolución establecidas en la normativa legal y en el estatuto de cada organización; y podrá realizarse una disolución voluntaria o controvertida.
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Dirección de Contacto Ciudadano
Correo electrónico: informacion@trabajo.gob.ec
Teléfono: 1800266822