Calificación, Registro y Certificación de Proyectos de Inversión Turística
Trámite orientado a personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que busquen acogerse a beneficios tributarios, conforme al artículo 9 de la Ley de Régimen Tributario Interno, establece lo siguiente: “Exenciones.- Para fines de la determinación y liquidación del impuesto a la renta, están exonerados exclusivamente los siguientes ingresos: Art. (...).- Las nuevas inversiones productivas, conforme las definiciones establecidas en los literales a) y b) del artículo 13 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, que se realicen en proyectos enfocadas en turismo, tendrán derecho a la exoneración del impuesto a la renta por 7 años, contados desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión. Para el efecto, los proyectos de inversión deberán ser de al menos USD 100.000,00; y, al menos el 10% de los mismos deberán destinarse al turismo rural.
Informes de viabilidad técnica para proyectos de desarrollo para Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales
Trámite orientado a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales de todo el país que deseen obtener el Informe de viabilidad turística con la finalidad acceder al producto financiero ofertado por el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P (BDE), de tal forma que se pueda efectivizar la inversión turística pública.
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Dirección de Inversiones y Conectividad
Correo electrónico: investecuador@turismo.gob.ec
Teléfono: 02 3999 333 ext. 1029