Trámite orientado a la obtención del Certificado Sanitario de Donación de Alimentos Procesados.
Definición:
ARCSA: Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria.
Donación: Acto por el cual una persona natural o jurídica, nacional o extranjera o entidad estatal transfiere gratuitamente, con fines altruistas y humanitarios los productos que son parte del objeto de la presente resolución a cualquier persona natural o jurídica nacional.
Donante: Se consideran donante a una persona natural o jurídica, nacional o extranjera o entidad estatal que transfiere en calidad de donación, con fines altruistas y humanitarios, los productos que son parte del objeto de la presente resolución.
Alimento procesado: Es toda materia alimenticia natural o artificial que para el consumo humano ha sido sometida a operaciones tecnológicas necesarias para su transformación, modificación y conservación, que se distribuye y comercializa en envases rotulados bajo una marca de fábrica determinada.
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Dirección Técnica de Atención al Usuario
Correo electrónico: atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec
Teléfono: 043727440