Trámite orientado a solicitar a la ARCSA la obtención de la autorización para la donación, transferencia o destrucción de medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.
Posterior a la donación, transferencia o destrucción de los medicamentos la Agencia emitirá el respectivo informe, autorizando a la persona natural o jurídica la baja de inventarios (Actualización de Inventario) en el reporte mensual de medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización a través del Comunicado de Baja de inventarios de medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.
Baja de inventarios.- Es la acción de dar de baja del inventario la/s cantidad/es de medicamento/s que contenga/n sustancia/s catalogada/s sujeta/s a fiscalización, posterior a la autorización otorgada por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA.
Medicamento.- Es toda preparación o forma farmacéutica cuya fórmula de composición expresada en unidades del sistema internacional está constituida por una sustancia o mezcla de sustancias, con peso, volumen y porcentajes constantes elaborada en laboratorios farmacéuticos legalmente establecidos, envasada y etiquetada para ser vendida como eficaz para el diagnóstico, tratamiento, mitigación, profilaxis de una enfermedad, anomalía física o síntoma, o para el restablecimiento, corrección o modificación del equilibrio de las funciones orgánicas del hombre o de los animales.
Sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.- Son sustancias catalogadas sujetas a fiscalización las que constan en el anexo de la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas, se clasifican en:
a. Estupefacientes;
b. Psicotrópicas;
c. Precursores químicos; y, sustancias químicas específicas
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Dirección Técnica de Atención al Usuario
Correo electrónico: atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec
Teléfono: +59343727440 ext. 1013 - 1016 - 1007