Requerimientos y justificaciones del proceso diferencias

Requerimientos y justificaciones del proceso diferencias

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas contestar los requerimientos y/o presentar justificaciones a las comunicaciones emitidas por la Administración Tributaria respecto a procesos de control de diferencias, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como sujeto pasivo a presentar información respecto a los requerimientos y justificaciones del proceso de diferencias, a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) o personas jurídicas (públicas o privadas).

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Información entregada sobre procesos de diferencias en sus declaraciones

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación)
  • Solicitud de requerimientos y justificaciones del proceso de diferencias
  • Nombramiento de representante legal

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación)

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente     
  • Clave de acceso a servicios en línea       
  • Solicitud de requerimientos y justificaciones del proceso de diferencias
  • Nombramiento del representante legal (opcional)

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carta de autorización simple
  • Poder general o especial

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI
2. Solicitar el turno
3. Esperar el turno
4. Acudir a la ventanilla de atención
5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo
6. Recibir contestación

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 502
2 2025-02 0 443
3 2025-03 0 388
4 2025-04 0 480
5 2025-05 0 855
6 2024-01 0 444
7 2024-02 0 470
8 2024-03 0 530
9 2024-04 0 420
10 2024-05 0 459
11 2024-06 0 540
12 2024-07 0 746
13 2024-08 0 737
14 2024-09 0 541
15 2024-10 0 631
16 2024-11 0 542
17 2024-12 0 465
18 2023-01 2 1708
19 2023-02 1 1977
20 2023-03 0 112
21 2023-04 0 830
22 2023-05 0 833
23 2023-06 0 1168
24 2023-07 0 868
25 2023-08 0 815
26 2023-09 0 2430
27 2023-10 0 810
28 2023-11 0 522
29 2023-12 0 404
30 2022-01 0 376
31 2022-02 0 452
32 2022-03 0 500
33 2022-04 0 533
34 2022-05 0 423
35 2022-06 0 599
36 2022-07 0 696
37 2022-08 0 676
38 2022-09 0 691
39 2022-10 0 610
40 2022-11 0 527
41 2022-12 0 581
42 2021-01 0 241
43 2021-02 0 270
44 2021-03 0 321
45 2021-04 0 204
46 2021-05 0 139
47 2021-06 0 484
48 2021-07 0 1077
49 2021-08 0 615
50 2021-09 0 610
51 2021-10 0 639
52 2021-11 0 565
53 2021-12 0 415
54 2020-01 0 367
55 2020-02 0 364
56 2020-03 0 251
57 2020-04 0 12
58 2020-05 0 26
59 2020-06 0 122
60 2020-07 0 280
61 2020-08 0 342
62 2020-09 0 255
63 2020-10 0 224
64 2020-11 0 186
65 2020-12 0 857
66 2019-01 0 195
67 2019-02 0 217
68 2019-03 0 322
69 2019-04 0 352
70 2019-05 0 358
71 2019-06 0 380
72 2019-07 0 358
73 2019-08 0 380
74 2019-09 0 458
75 2019-10 0 384
76 2019-11 0 342
77 2019-12 0 298
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/12/12

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