Pago indebido del Impuesto a la Renta persona natural

Pago indebido del Impuesto a la Renta persona natural

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales solicitar el pago indebido del Impuesto a la Renta y posterior devolución de los valores correspondientes (de ser el caso), mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) que requieran realizar la solicitud de verificación de los valores declarados y pagados indebidamente del Impuesto a la Renta.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución otorgada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación física o digital)
  • Formato solicitud de devolución de pago en exceso o reclamo de pago indebido de Impuesto a la Renta para personas naturales 
  • Acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital
  • Listado en medio magnético (Archivo Excel) de los comprobantes de retención en la fuente del Impuesto a la Renta, incluyendo comprobantes electrónicos y físicos, que sustenten las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta registradas en la declaración
  • Copia de los libros mayores de las cuentas de retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta correspondiente al año solicitado o de los años anteriores, cuando corresponda (aplica para personas naturales obligadas a llevar contabilidad).

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación física o digital)

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carta de autorización simple
  • Poder general o especial

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Presentar el escrito o las solicitudes dispuestas para cada caso, a través de cualquiera de las ventanillas de las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional.
2. El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite, y de ser necesario concederá un tiempo para su legitimación, complementación y plazo probatorio para el esclarecimiento de los hechos materia de la solicitud.
3. El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución u oficio de respuesta para notificarla al contribuyente.
4. La acreditación se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Seleccionar la opción "SRI en línea"
3. Dar clic en "Iniciar sesión"
4. Ingresar número de identificación y clave
5. En el menú seleccionar la opción "Devoluciones (TAX REFUND)"
6. Escoger "Devolución de Impuesto a la Renta"
7. Ingresar la solicitud
8. Recibir la respuesta en el buzón del contribuyente


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 11 1919
2 2025-01 0 1562
3 2025-02 0 1480
4 2025-03 0 8842
5 2025-04 1 26222
6 2025-05 0 9398
7 2025-06 1 9398
8 2025-07 0 223
9 2025-08 7 1473
10 2025-09 0 7394
11 2025-10 13 3488
12 2025-11 11 2627
13 2025-12 11 1598
14 2024-01 0 4870
15 2024-02 0 4982
16 2024-03 0 26864
17 2024-04 2 19318
18 2024-05 1 10746
19 2024-06 0 2851
20 2024-07 0 2523
21 2024-08 0 2258
22 2024-09 0 1494
23 2024-10 0 1095
24 2024-11 0 1185
25 2024-12 0 762
26 2023-01 1 3654
27 2023-02 0 2581
28 2023-03 8 30690
29 2023-04 10 19951
30 2023-05 2 10682
31 2023-06 0 7047
32 2023-07 4 6041
33 2023-08 1 6115
34 2023-09 4 6001
35 2023-10 6 3850
36 2023-11 0 2173
37 2023-12 0 258
38 2022-01 1 4227
39 2022-02 3 16711
40 2022-03 3 29185
41 2022-04 1 16441
42 2022-05 0 10556
43 2022-06 1 7409
44 2022-07 13 5552
45 2022-08 3 4888
46 2022-09 0 4722
47 2022-10 4 4042
48 2022-11 9 3566
49 2022-12 9 3913
50 2021-01 10 414
51 2021-02 12 7708
52 2021-03 17 24752
53 2021-04 16 9436
54 2021-05 9 7589
55 2021-06 8 7035
56 2021-07 3 4920
57 2021-08 3 3588
58 2021-09 8 3001
59 2021-10 3 2276
60 2021-11 5 2087
61 2021-12 1 1758
62 2020-01 0 6107
63 2020-02 8 23175
64 2020-03 21 30341
65 2020-04 10 12267
66 2020-05 2 6825
67 2020-06 2 6180
68 2020-07 2 3998
69 2020-08 0 3777
70 2020-09 1 3319
71 2020-10 2 3927
72 2020-11 2 3781
73 2020-12 2 3014
74 2019-01 1 6793
75 2019-02 7 30061
76 2019-03 3 42824
77 2019-04 1 32290
78 2019-05 6 16731
79 2019-06 5 11142
80 2019-07 8 8882
81 2019-08 0 4102
82 2019-09 0 4102
83 2019-10 0 2388
84 2019-11 1 2084
85 2019-12 0 1866
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/06/23

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