Formulario de declaración de Impuesto a la Renta sociedades

Formulario de declaración de Impuesto a la Renta sociedades

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas jurídicas presentar el formulario de declaración del Impuesto a la Renta sociedades, a través de la página web institucional.

Para liquidar el Impuesto a la Renta en el caso de las sociedades, se aplicará a la base imponible las siguientes tarifas:

  • Los ingresos gravables obtenidos por sociedades constituidas en el Ecuador, así como por las sucursales de sociedades extranjeras domiciliadas en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no domiciliadas en el país, aplicarán la tarifa del 25% sobre su base imponible. 
  • La tarifa impositiva será la correspondiente a sociedades más tres (3) puntos porcentuales cuando:

a) La sociedad tenga accionistas, socios, participes, constituyentes, beneficiarios o similares, sobre cuya composición  societaria dicha sociedad haya incumplido su deber de informar de acuerdo con lo establecido en la presente Ley; o,

b) Dentro de la cadena de propiedad de los respectivos derechos representativos de capital, exista un titular residente, establecido o amparado en un paraíso fiscal, jurisdicción de menor imposición o régimen fiscal preferente y el beneficiario efectivo es residente fiscal del Ecuador.

  • La adición de tres (3) puntos porcentuales aplicará a toda la base imponible de la sociedad, cuando el porcentaje de participación de accionistas, socios, participes, constituyentes, beneficiarios o similares, por quienes se haya incurrido en cualquiera de las causales referidas en el artículo 37 de la LRTI sea igual o superior al 50% del capital social o de aquel que corresponda a la naturaleza de la sociedad. Cuando la mencionada participación sea inferior al 50%), la tarifa correspondiente a sociedades más tres (3) puntos porcentuales aplicará sobre la proporción de la base imponible que corresponda a dicha participación, de acuerdo a lo indicado en el reglamento.

 

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de presentar el formulario de declaración del Impuesto a la Renta de sociedades, a las personas jurídicas (públicas y privadas).

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Declaración Formulario 102 presentada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Formatos y anexos

  • Formulario 102
    Formato de declaración del Impuesto a la Renta personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Ingresar número de identificación y clave
4. Escoger opción declaraciones
5. Escoger Elaboración y envío de declaraciones
6. Escoger Formulario Renta Sociedades
7. Completar formulario 
8. Enviar declaración


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 5900
2 2025-02 0 8157
3 2025-03 0 9090
4 2025-04 2 169522
5 2025-05 0 11552
6 2024-01 0 7960
7 2024-02 0 11380
8 2024-03 0 28047
9 2024-04 7 141095
10 2024-05 0 16803
11 2024-06 0 6432
12 2024-07 0 8468
13 2024-08 0 3450
14 2024-09 0 3122
15 2024-10 0 2453
16 2024-11 0 2055
17 2024-12 0 2565
18 2023-01 0 8923
19 2023-02 0 1032
20 2023-03 0 79851
21 2023-04 0 95126
22 2023-05 3 13552
23 2023-06 0 7701
24 2023-07 0 6194
25 2023-08 0 4078
26 2023-09 0 4371
27 2023-10 0 3999
28 2023-11 0 2770
29 2023-12 0 2550
30 2022-01 0 6171
31 2022-02 0 6033
32 2022-03 0 19239
33 2022-04 16 126139
34 2022-05 0 14549
35 2022-06 0 10549
36 2022-07 1 5427
37 2022-08 0 3786
38 2022-09 0 3271
39 2022-10 0 2538
40 2022-11 0 2558
41 2022-12 0 3164
42 2021-01 0 6450
43 2021-02 0 6409
44 2021-03 1 16199
45 2021-04 3 121926
46 2021-05 2 16029
47 2021-06 0 9024
48 2021-07 0 9024
49 2021-08 0 3994
50 2021-09 0 3136
51 2021-10 1 2622
52 2021-11 0 2132
53 2021-12 0 2159
54 2020-01 0 6000
55 2020-02 2 6528
56 2020-03 1 13635
57 2020-04 43 101965
58 2020-05 1 16720
59 2020-06 2 11003
60 2020-07 0 8735
61 2020-08 1 4041
62 2020-09 1 3492
63 2020-10 0 3536
64 2020-11 0 2829
65 2020-12 0 2803
66 2019-01 0 1838
67 2019-02 9 3316
68 2019-03 1 14957
69 2019-04 7 116286
70 2019-05 1 11713
71 2019-06 0 9065
72 2019-07 0 8908
73 2019-08 0 4110
74 2019-09 0 3962
75 2019-10 0 2645
76 2019-11 0 2205
77 2019-12 0 1783
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/03/10

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