Devolución del crédito tributario del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por retenciones a la fuente persona natural

Devolución del crédito tributario del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por retenciones a la fuente persona natural

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre retenciones a la fuente, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) que desean solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre retenciones a la fuente.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución otorgada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación física o digital)
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital
  • Detalle en medio magnético de los valores solicitados por cada mes y los saldos de los libros mayores contables
  • Documentación fuente que respalde la devolución 
  • Libros mayores de la cuentas de retenciones en la fuente de IVA
  • Libros mayores de las cuentas de IVA ventas e IVA compras
  • Listado en medio magnético de los comprobantes de retención de IVA
  • Solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación física o digital)

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente     
  • Clave de acceso a servicios en línea
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital (firmado electrónicamente)
  • Detalle en medio magnético de los valores solicitados por cada mes y los saldos de los libros mayores contables
  • Documentación fuente que respalde la devolución
  • Libros mayores de la cuentas de retenciones en la fuente de IVA
  • Libros mayores de las cuentas de IVA ventas e IVA compras
  • Listado en medio magnético de los comprobantes de retención de IVA
  • Solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA (firmado electrónicamente)

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carta de autorización simple
  • Poder general o especial

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Presentar el escrito o la solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA, en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas adjuntando los requisitos señalados.
2. El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite, y de ser necesario concederá un tiempo para su legitimación, complementación y plazo probatorio para el esclarecimiento de los hechos materia de la solicitud.as emite una resolución con los valores reconocidos para la solicitud, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 9 días laborables.
3. El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución u oficio de respuesta para notificarla al contribuyente.
4. La acreditación se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 495
2 2025-02 0 538
3 2025-03 0 396
4 2025-04 0 529
5 2025-05 0 489
6 2025-06 4 489
7 2025-07 0 810
8 2025-08 8 696
9 2025-09 0 829
10 2025-10 0 799
11 2025-11 8 652
12 2024-01 0 592
13 2024-02 0 130
14 2024-03 0 538
15 2024-04 0 461
16 2024-05 1 416
17 2024-06 0 404
18 2024-07 0 511
19 2024-08 0 485
20 2024-09 0 561
21 2024-10 1 623
22 2024-11 0 458
23 2024-12 0 498
24 2023-01 1 413
25 2023-02 0 499
26 2023-03 3 606
27 2023-04 2 835
28 2023-05 0 774
29 2023-06 0 837
30 2023-07 2 699
31 2023-08 1 585
32 2023-09 0 646
33 2023-10 1 622
34 2023-11 0 594
35 2023-12 0 296
36 2022-01 0 314
37 2022-02 1 427
38 2022-03 0 433
39 2022-04 0 400
40 2022-05 0 489
41 2022-06 0 417
42 2022-07 5 573
43 2022-08 1 592
44 2022-09 0 493
45 2022-10 0 505
46 2022-11 4 438
47 2022-12 3 360
48 2021-01 0 187
49 2021-02 0 302
50 2021-03 0 304
51 2021-04 0 297
52 2021-05 0 220
53 2021-06 0 486
54 2021-07 0 445
55 2021-08 0 529
56 2021-09 0 700
57 2021-10 0 915
58 2021-11 0 527
59 2021-12 2 352
60 2020-01 0 226
61 2020-02 0 246
62 2020-03 0 135
63 2020-04 0 2
64 2020-05 0 19
65 2020-06 0 179
66 2020-07 0 219
67 2020-08 0 263
68 2020-09 0 321
69 2020-10 0 265
70 2020-11 0 235
71 2020-12 0 260
72 2019-01 1 127
73 2019-02 0 170
74 2019-03 0 182
75 2019-04 0 180
76 2019-05 0 75
77 2019-06 0 204
78 2019-07 0 285
79 2019-08 0 286
80 2019-09 0 286
81 2019-10 0 189
82 2019-11 0 185
83 2019-12 0 193
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/06/23

Contenido

¿Te sirvió el contenido?