Devolución del crédito tributario del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por retenciones a la fuente persona jurídica

Devolución del crédito tributario del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por retenciones a la fuente persona jurídica

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas jurídicas inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre retenciones a la fuente, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas jurídicas (privadas) inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) que desean solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre retenciones a la fuente.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución otorgada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación física o digital)
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital
  • Copia del nombramiento Representante Legal
  • Detalle en medio magnético de los valores solicitados por cada mes y los saldos de los libros mayores contables
  • Documentación fuente que respalde la devolución 
  • Libros mayores de la cuentas de retenciones en la fuente de IVA
  • Libros mayores de las cuentas de IVA ventas e IVA compras
  • Listado en medio magnético de los comprobantes de retención de IVA
  • Solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación física o digital)

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente     
  • Clave de acceso a servicios en línea
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital (firmado electrónicamente)
  • Copia del nombramiento Representante Legal
  • Detalle en medio magnético de los valores solicitados por cada mes y los saldos de los libros mayores contables
  • Documentación fuente que respalde la devolución
  • Libros mayores de la cuentas de retenciones en la fuente de IVA
  • Libros mayores de las cuentas de IVA ventas e IVA compras
  • Listado en medio magnético de los comprobantes de retención de IVA
  • Solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA (firmado electrónicamente)

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carta de autorización simple
  • Poder general o especial

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Presentar el escrito o la solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA, en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas adjuntando los requisitos señalados.
2. El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite, y de ser necesario concederá un tiempo para su legitimación, complementación y plazo probatorio para el esclarecimiento de los hechos materia de la solicitud.as emite una resolución con los valores reconocidos para la solicitud, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 9 días laborables.
3. El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución u oficio de respuesta para notificarla al contribuyente.
4. La acreditación se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Email: seguimientotramitesplataforma@sri.gob.ec

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 600
2 2025-02 0 607
3 2025-03 0 511
4 2025-04 0 527
5 2025-05 0 486
6 2025-06 1 486
7 2024-01 0 578
8 2024-02 1 146
9 2024-03 0 570
10 2024-04 0 539
11 2024-05 0 383
12 2024-06 0 389
13 2024-07 0 600
14 2024-08 0 440
15 2024-09 1 553
16 2024-10 0 661
17 2024-11 0 517
18 2024-12 0 628
19 2023-01 0 371
20 2023-02 0 484
21 2023-03 4 530
22 2023-04 2 532
23 2023-05 0 715
24 2023-06 0 802
25 2023-07 0 811
26 2023-08 1 411
27 2023-09 0 677
28 2023-10 0 593
29 2023-11 0 667
30 2023-12 0 286
31 2022-01 0 245
32 2022-02 0 301
33 2022-03 0 370
34 2022-04 0 383
35 2022-05 0 473
36 2022-06 1 473
37 2022-07 0 568
38 2022-08 0 640
39 2022-09 0 550
40 2022-10 1 513
41 2022-11 1 503
42 2022-12 0 482
43 2021-01 0 219
44 2021-02 0 249
45 2021-03 0 333
46 2021-04 0 210
47 2021-05 0 276
48 2021-06 0 472
49 2021-07 0 392
50 2021-08 0 437
51 2021-09 0 394
52 2021-10 0 369
53 2021-11 0 338
54 2021-12 0 286
55 2020-01 0 192
56 2020-02 0 209
57 2020-03 0 131
58 2020-04 0 12
59 2020-05 0 26
60 2020-06 0 265
61 2020-07 0 307
62 2020-08 0 347
63 2020-09 0 348
64 2020-10 0 308
65 2020-11 0 284
66 2020-12 0 276
67 2019-01 0 199
68 2019-02 0 198
69 2019-03 0 76
70 2019-04 0 244
71 2019-05 0 113
72 2019-06 0 278
73 2019-07 0 320
74 2019-08 0 364
75 2019-09 0 364
76 2019-10 0 298
77 2019-11 0 294
78 2019-12 0 228
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/06/23

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