Devolución del crédito tributario del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por retenciones a la fuente persona jurídica

Devolución del crédito tributario del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por retenciones a la fuente persona jurídica

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas jurídicas inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre retenciones a la fuente, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas jurídicas (privadas) inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) que desean solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre retenciones a la fuente.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución otorgada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación física o digital)
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital
  • Copia del nombramiento Representante Legal
  • Detalle en medio magnético de los valores solicitados por cada mes y los saldos de los libros mayores contables
  • Documentación fuente que respalde la devolución
  • Libros mayores de la cuentas de retenciones en la fuente de IVA
  • Libros mayores de las cuentas de IVA ventas e IVA compras
  • Listado en medio magnético de los comprobantes de retención de IVA
  • Solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación física o digital)

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente   
  • Clave de acceso a servicios en línea
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital (firmado electrónicamente)
  • Copia del nombramiento Representante Legal
  • Detalle en medio magnético de los valores solicitados por cada mes y los saldos de los libros mayores contables
  • Documentación fuente que respalde la devolución
  • Libros mayores de la cuentas de retenciones en la fuente de IVA
  • Libros mayores de las cuentas de IVA ventas e IVA compras
  • Listado en medio magnético de los comprobantes de retención de IVA
  • Solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA (firmado electrónicamente)

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carta de autorización simple
  • Poder general o especial

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Presentar el escrito o la solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA, en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas adjuntando los requisitos señalados.
2. El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite, y de ser necesario concederá un tiempo para su legitimación, complementación y plazo probatorio para el esclarecimiento de los hechos materia de la solicitud.as emite una resolución con los valores reconocidos para la solicitud, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 9 días laborables.
3. El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución u oficio de respuesta para notificarla al contribuyente.
4. La acreditación se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Email: seguimientotramitesplataforma@sri.gob.ec

Teléfono: 1700 774 774 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 9 698
2 2026-02 3 662
3 2026-03 3 774
4 2026-04 1 581
5 2026-05 1 544
6 2026-06 0 762
7 2026-07 2 895
8 2025-01 0 600
9 2025-02 0 607
10 2025-03 0 511
11 2025-04 0 527
12 2025-05 0 486
13 2025-06 1 486
14 2025-07 0 686
15 2025-08 6 560
16 2025-09 0 810
17 2025-10 0 885
18 2025-11 6 653
19 2025-12 9 832
20 2024-01 0 578
21 2024-02 1 146
22 2024-03 0 570
23 2024-04 0 539
24 2024-05 0 383
25 2024-06 0 389
26 2024-07 0 600
27 2024-08 0 440
28 2024-09 1 553
29 2024-10 0 661
30 2024-11 0 517
31 2024-12 0 628
32 2023-01 0 371
33 2023-02 0 484
34 2023-03 4 530
35 2023-04 2 532
36 2023-05 0 715
37 2023-06 0 802
38 2023-07 0 811
39 2023-08 1 411
40 2023-09 0 677
41 2023-10 0 593
42 2023-11 0 667
43 2023-12 0 286
44 2022-01 0 245
45 2022-02 0 301
46 2022-03 0 370
47 2022-04 0 383
48 2022-05 0 473
49 2022-06 1 473
50 2022-07 0 568
51 2022-08 0 640
52 2022-09 0 550
53 2022-10 1 513
54 2022-11 1 503
55 2022-12 0 482
56 2021-01 0 219
57 2021-02 0 249
58 2021-03 0 333
59 2021-04 0 210
60 2021-05 0 276
61 2021-06 0 472
62 2021-07 0 392
63 2021-08 0 437
64 2021-09 0 394
65 2021-10 0 369
66 2021-11 0 338
67 2021-12 0 286
68 2020-01 0 192
69 2020-02 0 209
70 2020-03 0 131
71 2020-04 0 12
72 2020-05 0 26
73 2020-06 0 265
74 2020-07 0 307
75 2020-08 0 347
76 2020-09 0 348
77 2020-10 0 308
78 2020-11 0 284
79 2020-12 0 276
80 2019-01 0 199
81 2019-02 0 198
82 2019-03 0 76
83 2019-04 0 244
84 2019-05 0 113
85 2019-06 0 278
86 2019-07 0 320
87 2019-08 0 364
88 2019-09 0 364
89 2019-10 0 298
90 2019-11 0 294
91 2019-12 0 228
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Fecha de última actualización: 2025/06/23

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