Anulación de comprobantes electrónicos

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas realizar la anulación de comprobantes electrónicos, mediante la presentación de los requisitos correspondientes a través de los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) o personas jurídicas (públicas o privadas) que requieran realizar la anulación de comprobantes electrónicos.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Comprobantes electrónicos anulados

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación física o digital)
  • Carta de solicitud o petición

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario
  • Certificado de presentación
  • Certificado de exención
  • Licencia de conducir (Presentación física o digital)

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea
  • Carta de solicitud o petición
  • Anexo detalle de comprobantes a anular sin firma electrónica (excel)

Nota: Para el caso de personas jurídicas se considerará la documentación del Representante Legal

Requisitos Especiales:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI
2. Solicitar el turno
3. Esperar el turno
4. Acudir a la ventanilla de atención
5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo
6. Recibir contestación

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Escoger la opción facturación electrónica
4. Escoger la opción producción
5. Escoger la opción anulación
6. Ingresar número de identificación y clave
7. Completar la solicitud de anulación comprobantes

Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:

1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control "SRI en línea"
3. Seleccionar "Iniciar sesión"
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú "Trámites y notificaciones"
6. Escoger la opción "Ingreso de trámites y anexos"
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción "Aceptar"


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 514506
2 2025-02 0 535458
3 2025-03 0 365463
4 2025-04 0 413741
5 2025-05 1 427686
6 2025-06 1 481565
7 2024-01 0 506648
8 2024-02 0 440681
9 2024-03 0 442674
10 2024-04 2 529947
11 2024-05 1 504974
12 2024-06 0 476376
13 2024-07 0 540765
14 2024-08 0 683277
15 2024-09 0 436062
16 2024-10 0 482612
17 2024-11 0 413159
18 2024-12 1 535458
19 2023-01 2 414493
20 2023-02 1 272536
21 2023-03 1 420806
22 2023-04 7 372083
23 2023-05 1 430326
24 2023-06 2 428382
25 2023-07 0 422330
26 2023-08 0 440833
27 2023-09 0 405391
28 2023-10 1 429407
29 2023-11 0 407609
30 2023-12 0 435987
31 2022-01 0 365264
32 2022-02 1 288082
33 2022-03 2 318626
34 2022-04 1 272536
35 2022-05 4 281966
36 2022-06 0 293188
37 2022-07 1 292151
38 2022-08 1 311968
39 2022-09 0 308618
40 2022-10 0 324141
41 2022-11 2 330843
42 2022-12 0 4329652
43 2021-01 0 239482
44 2021-02 1 232618
45 2021-03 0 248846
46 2021-04 0 218941
47 2021-05 1 225092
48 2021-06 0 241973
49 2021-07 0 250182
50 2021-08 0 244186
51 2021-09 1 254437
52 2021-10 0 253345
53 2021-11 1 255394
54 2021-12 0 299768
55 2020-01 0 313101
56 2020-02 0 204252
57 2020-03 1 175141
58 2020-04 1 130992
59 2020-05 0 160871
60 2020-06 2 197592
61 2020-07 3 218271
62 2020-08 2 210968
63 2020-09 0 213481
64 2020-10 0 262265
65 2020-11 0 230448
66 2020-12 0 222555
67 2019-01 1 182386
68 2019-02 1 176055
69 2019-03 3 153361
70 2019-04 0 184045
71 2019-05 0 189235
72 2019-06 0 174604
73 2019-07 0 200479
74 2019-08 1 189089
75 2019-09 0 190834
76 2019-10 1 200614
77 2019-11 0 194227
78 2019-12 0 219464
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Fecha de última actualización: 2025/06/23

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