Anexo de gastos personales

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales presentar el anexo de gasto personales para la declaración del Impuesto a la Renta del periodo correspondiente, a través de la página web institucional.

Las personas naturales que durante el año 2019 tuvieron ingresos superiores a USD 11.310 y cuyos gastos deducibles superaron los USD 5.655, deben presentar el Anexo de Gastos Personales en el formulario en línea que el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó en su página web www.sri.gob.ec.

Para cumplir con esta obligación, el contribuyente debe ingresar con su usuario y contraseña a SRI en Línea, opción Anexos, seleccionar Anexo de gastos personales en línea y dar clic en Generación anexo.

Este anexo se presenta de acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC del contribuyente, sin embargo, en el marco del proceso de simplicidad tributaria del SRI y para garantizar la adecuada recepción de anexos y declaraciones con vencimiento febrero de 2020, mediante resoluciones NAC-DGERCGC20-00000008, y NAC-DGERCGC20-00000012, se modificó el plazo de presentación del anexo correspondiente al período fiscal 2019, conforme al siguiente calendario, los montos máximos que puede deducir por concepto de gastos personales del período 2019 se detallan en el siguiente enlace: https://www.sri.gob.ec/web/guest/detalle-noticias?idnoticia=718&marquesina=1

El total de gastos personales deducibles para el 2019 es de hasta el 50% de los ingresos gravados del contribuyente, sin que supere USD 14.703,00 para el territorio continental y USD 26.510,64 para Galápagos.

En el caso de gastos por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, son deducibles en el rubro de salud hasta USD 22.620 para el continente y USD 40.783,86 para Galápagos; considerando estos montos como máximos deducibles para la totalidad de los gastos personales, incluidos los demás rubros, cada uno cumpliendo los límites establecidos.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de realizar la presentación del anexo de gastos personales, para la declaración del Impuesto a la Renta, a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras).

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Anexo de gastos personales presentado

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Escoger anexos
4. Escoger anexo gasto personales en línea
5. Escoger opción registro de beneficiario o pensión alimenticia, registro de dependientes y generación del anexos
6. Ingresar número de identificación y clave
7. Completar información del anexo
8. Enviar anexo


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 5549
2 2026-02 5 530661
3 2025-01 0 93217
4 2025-02 4 96016
5 2025-03 3 437386
6 2025-04 0 40528
7 2025-05 2 25973
8 2025-06 1 773620
9 2025-07 0 12605
10 2025-08 0 8429
11 2025-09 0 7510
12 2025-10 0 6864
13 2025-11 1 4986
14 2025-12 0 3574
15 2024-01 8 44165
16 2024-02 15 430209
17 2024-03 11 143054
18 2024-04 2 29364
19 2024-05 7 18482
20 2024-06 0 13003
21 2024-07 0 17761
22 2024-08 0 8209
23 2024-09 0 6047
24 2024-10 0 6048
25 2024-11 0 9513
26 2024-12 0 8673
27 2023-01 7 53798
28 2023-02 18 306901
29 2023-03 14 202850
30 2023-04 2 61426
31 2023-05 3 30309
32 2023-06 0 17249
33 2023-07 4 15934
34 2023-08 1 11672
35 2023-09 0 11848
36 2023-10 1 8120
37 2023-11 1 6350
38 2023-12 3 5574
39 2022-01 0 42856
40 2022-02 11 209736
41 2022-03 16 134278
42 2022-04 15 31972
43 2022-05 27 19871
44 2022-06 18 15621
45 2022-07 19 12415
46 2022-08 12 10317
47 2022-09 0 10261
48 2022-10 1 9305
49 2022-11 0 11526
50 2022-12 0 27398
51 2021-01 1 7744
52 2021-02 14 197341
53 2021-03 3 151555
54 2021-04 2 30329
55 2021-05 1 15905
56 2021-06 0 11663
57 2021-07 0 11663
58 2021-08 0 8215
59 2021-09 0 7476
60 2021-10 0 6117
61 2021-11 0 6298
62 2021-12 1 6123
63 2020-01 14 59719
64 2020-02 38 210923
65 2020-03 6 147120
66 2020-04 9 21874
67 2020-05 2 18315
68 2020-06 2 17963
69 2020-07 1 21666
70 2020-08 1 12697
71 2020-09 1 10469
72 2020-10 0 9103
73 2020-11 0 9012
74 2020-12 1 8313
75 2019-01 10 37710
76 2019-02 68 234212
77 2019-03 28 121678
78 2019-04 3 35661
79 2019-05 1 18959
80 2019-06 1 13694
81 2019-07 0 12987
82 2019-08 1 10003
83 2019-09 4 8822
84 2019-10 1 6905
85 2019-11 0 14434
86 2019-12 1 11429
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/03/10

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