Anexo de gastos personales

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales presentar el anexo de gasto personales para la declaración del Impuesto a la Renta del periodo correspondiente, a través de la página web institucional.

Las personas naturales que durante el año 2019 tuvieron ingresos superiores a USD 11.310 y cuyos gastos deducibles superaron los USD 5.655, deben presentar el Anexo de Gastos Personales en el formulario en línea que el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó en su página web www.sri.gob.ec.

Para cumplir con esta obligación, el contribuyente debe ingresar con su usuario y contraseña a SRI en Línea, opción Anexos, seleccionar Anexo de gastos personales en línea y dar clic en Generación anexo.

Este anexo se presenta de acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC del contribuyente, sin embargo, en el marco del proceso de simplicidad tributaria del SRI y para garantizar la adecuada recepción de anexos y declaraciones con vencimiento febrero de 2020, mediante resoluciones NAC-DGERCGC20-00000008, y NAC-DGERCGC20-00000012, se modificó el plazo de presentación del anexo correspondiente al período fiscal 2019, conforme al siguiente calendario, los montos máximos que puede deducir por concepto de gastos personales del período 2019 se detallan en el siguiente enlace: https://www.sri.gob.ec/web/guest/detalle-noticias?idnoticia=718&marquesina=1

El total de gastos personales deducibles para el 2019 es de hasta el 50% de los ingresos gravados del contribuyente, sin que supere USD 14.703,00 para el territorio continental y USD 26.510,64 para Galápagos.

En el caso de gastos por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, son deducibles en el rubro de salud hasta USD 22.620 para el continente y USD 40.783,86 para Galápagos; considerando estos montos como máximos deducibles para la totalidad de los gastos personales, incluidos los demás rubros, cada uno cumpliendo los límites establecidos.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de realizar la presentación del anexo de gastos personales, para la declaración del Impuesto a la Renta, a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras).

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Anexo de gastos personales presentado

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Escoger anexos
4. Escoger anexo gasto personales en línea
5. Escoger opción registro de beneficiario o pensión alimenticia, registro de dependientes y generación del anexos
6. Ingresar número de identificación y clave
7. Completar información del anexo
8. Enviar anexo


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 93217
2 2025-02 4 96016
3 2025-03 3 437386
4 2025-04 0 40528
5 2025-05 2 25973
6 2025-06 1 773620
7 2025-07 0 12605
8 2025-08 0 8429
9 2025-09 0 7510
10 2024-01 8 44165
11 2024-02 15 430209
12 2024-03 11 143054
13 2024-04 2 29364
14 2024-05 7 18482
15 2024-06 0 13003
16 2024-07 0 17761
17 2024-08 0 8209
18 2024-09 0 6047
19 2024-10 0 6048
20 2024-11 0 9513
21 2024-12 0 8673
22 2023-01 7 53798
23 2023-02 18 306901
24 2023-03 14 202850
25 2023-04 2 61426
26 2023-05 3 30309
27 2023-06 0 17249
28 2023-07 4 15934
29 2023-08 1 11672
30 2023-09 0 11848
31 2023-10 1 8120
32 2023-11 1 6350
33 2023-12 3 5574
34 2022-01 0 42856
35 2022-02 11 209736
36 2022-03 16 134278
37 2022-04 15 31972
38 2022-05 27 19871
39 2022-06 18 15621
40 2022-07 19 12415
41 2022-08 12 10317
42 2022-09 0 10261
43 2022-10 1 9305
44 2022-11 0 11526
45 2022-12 0 27398
46 2021-01 1 7744
47 2021-02 14 197341
48 2021-03 3 151555
49 2021-04 2 30329
50 2021-05 1 15905
51 2021-06 0 11663
52 2021-07 0 11663
53 2021-08 0 8215
54 2021-09 0 7476
55 2021-10 0 6117
56 2021-11 0 6298
57 2021-12 1 6123
58 2020-01 14 59719
59 2020-02 38 210923
60 2020-03 6 147120
61 2020-04 9 21874
62 2020-05 2 18315
63 2020-06 2 17963
64 2020-07 1 21666
65 2020-08 1 12697
66 2020-09 1 10469
67 2020-10 0 9103
68 2020-11 0 9012
69 2020-12 1 8313
70 2019-01 10 37710
71 2019-02 68 234212
72 2019-03 28 121678
73 2019-04 3 35661
74 2019-05 1 18959
75 2019-06 1 13694
76 2019-07 0 12987
77 2019-08 1 10003
78 2019-09 4 8822
79 2019-10 1 6905
80 2019-11 0 14434
81 2019-12 1 11429
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/03/10

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