Este servicio permite a las entidades del sector público solicitar la exoneración de multas y recargos generados por vehículos de propiedad institucional, de acuerdo con la normativa vigente.
| Personas Naturales | Ciudadanos propietarios de vehículos que no han pagado la tasa SPPAT |
| Personas Jurídicas | Empresas privadas que cuentan con un parque automotor, que no hayan cumplido con los pagos de la tasa SPPAT |
| Entidades Gubernamentales | Instituciones y Empresas Públicas que no hayan pagado la Tasa de SPPAT por retraso en la asignación presupuestaria |
| Entidades ONG's | Todas las Organizaciones no Gubernamentales de carácter social, que no cumplido con los pagos de la tasa SPPAT |
| Idiomas de Atención: | Español |
Dirigido a: Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Exoneraciones de multas y recargos de vehículos del sector público
Carta simple dirigida a la Máxima Autoridad del SPPAT; el documento deberá ser emitido por el propietario del vehículo, explicar el caso, debe contener el número de contacto del solicitante, número de documento de identificación, número de la placa vehicular, correo electrónico, donde se enviarán las notificaciones respectivas.
Copia de la matrícula del vehículo del propietario del automotor o Certificado Único Vehicular (CUV), En caso de no tener la copia de la matrícula vehicular o CUV, se deberá adjuntar el original o copia certificada del contrato de compra venta, o documento que justifique la propiedad del vehículo.
NOTA: Ningún documento será procesado en copias simples.
Procedimiento para trámite presencial:
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Lunes a Viernes de 08:00 a 16:30
Nota: Recepción documental se realiza de 08:00 a 16:00
| No. | Zonal | Región que cubre | Dirección |
| 1 | Babahoyo | Bolívar, Los Ríos | Av. Enrique Ponce Luque, junto al colegio Ecomundo, oficinas MIT |
| 2 | Cuenca | Azuay, Cañar, Morona Santiago | Av. Huayna Capac y Pisarcapac frente ruinas de pumapungo bajos MIT |
| 3 | Esmeraldas | Esmeraldas | Edificio MTOP, Planta baja, Av. Jaime Roldos Aguilera, vía a APE, junto a la SENAE (sector El Puerto) |
| 4 | Guayaquil | Galápagos, Guayas, Santa Elena | Edificio "La Plata", ubicado en la ciudadela La Garzota, piso 1 oficina 105, en la avenida Guillermo Pareja Rolando, entre Rene Idrovo Y Luis Mendoza. |
| 5 | Loja | Loja, Zamora Chinchipe | Calle Bernardo Valdivieso y 10 de Agosto, en el Edif. Miduvi, quinto piso instalaciones MIT. |
| 6 | Portoviejo | Manabí | C.A.C. (Centro de Atención Ciudadana), Av.15 de abril y Calle s/n |
| 7 | Quito | Pichincha, Napo, Orellana | Juan León Mera N26-220 y Av. Orellana, edif MIT, quinto piso. |
| 8 | Cotopaxi | Cotopaxi | Gabriela Mistral 44233 y Sánchez de Orellana, barrio Loreto, Edif. MIT |
| 9 | Ambato | Tungurahua | Castillo y Bolivar esquina, Ex Edif. de Correos del Ecuador, frente al parque Juan Montalvo. Edif. MIT |
| 10 | Ibarra | Imbabura | Av. Cristobal de Troya 13-61 y Luis Felipe Lara junto a la gasolinera Petroecuador "Redondel de la Madre" Edif. MIT |
| 11 | Machala | El Oro | Juan Montalvo entre Bolivar y Pichincha, Edif. MIT, planta baja |
| 12 | Riobamba | Chimborazo | Reina Pacha y Princesa Cori, atrás del Estadio Olímpico de Riobamba, Edif. MIT |
| 13 | Santo Domigo | Santo Domingo de los Tsáchilas | Av. Quito y Rio Chimbo, Edificio del MIT, esq. segundo nivel. |
Contacto: Unidad de Gestión de Protecciones y Atención Ciudadana
Email: atencionciudadana@sppat.gob.ec
Teléfono: 022904636-022908425-022907112 ext. 101, 133, 139
Artículo 85.- Exoneración de multas y recargos. El SPPAT exonerará los valores por concepto de multas y recargos, derivados de las obligaciones determinadas y/o pendientes de pago correspondientes a la tasa del Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito, por el periodo de tiempo que se ha justificado para el efecto, a petición del interesado y previa verificación en los siguientes casos:
b. Vehículos del sector público:
Se exonera el pago de multas y recargos adeudados por la tasa del Servicio Público para
Pago de Accidentes de Tránsito a los vehículos que pertenezcan al sector público. Las
instituciones del sector público deberán presentar los siguientes documentos:
1. Oficio dirigido a la máxima autoridad del SPPAT, suscrito por la máxima
autoridad de la institución requirente o su delegado, el que contendrá los
siguientes datos: nombres y apellidos del peticionario, número de cédula, correo
electrónico, además, el número de placa o RAM del vehículo y breve
explicación de los hechos; y,
2. Copia de la matrícula del vehículo o certificado único vehicular, y a falta de
estas, copia certificada del contrato de compraventa o documento que justifique
la propiedad del vehículo.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2026/07/01