Reforma de estatutos de entidades del sector financiero popular y solidario.

Trámite mediante el cual las entidades del sector financiero popular y solidario llevan a cabo la reforma de sus estatutos sociales, un proceso necesario para actualizar y ajustar sus normativas internas, con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos legales y regulatorios vigentes, y así poder realizar sus actividades de manera eficiente y conforme a las mejores prácticas del sector.

¿A quién está dirigido?

Persona jurídica, hace referencia a las entidades del Sector Financiero Popular y Solidario y/u organismos de integración representativa que deseen reformar sus estatutos, debido a cambios en el número de directivos, duración en el cargo, atribuciones y responsabilidades, normativa, valores en los certificados de aportación etc.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de aprobación de la reforma de estatuto de las entidades del sector financiero popular y solidario

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Solicitud formal dirigida a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, suscrita por el gerente de la entidad, según corresponda;

  2. Acta o extracto del acta de la Asamblea General o Junta General de Socios, en el que se evidencie la aprobación de la reforma al estatuto social, debidamente certificada por el secretario de la entidad;

  3. Cuadro comparativo del texto vigente y del texto propuesto en la reforma al estatuto social, aprobado por la Asamblea General o Junta General de Socios, en el formato establecido por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, el cual podrá descargarse en el catálogo de servicios de su sitio web.
    Descargue el CUADRO COMPARATIVO

  4. Copia certificada del estatuto social donde consten las reformas aprobadas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, el número y fecha de resolución de aprobación, en caso de haberlas.

  5. Adjuntar el certificado de haber cumplido con el pago de los valores a la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados, por contribuciones o aportes al Seguro de Depósitos y al Fondo de Liquidez;

  6. Haber cumplido con el pago de contribuciones así como multas de ser el caso, a la Superintendencia; y,

  7. Que los vocales de los consejos de Administración y Vigilancia de las entidades se encuentren ejerciendo sus funciones dentro del periodo para el cual fueron electos, así como registrados debidamente ante este organismo de control.

¿Cómo hago el trámite?

1.- Remitir los formularios y documentos correspondientes en un solo archivo PDF a través del “Servicio en línea de Recepción e ingreso documental digital / electrónico”: https://recepciondocumental.seps.gob.ec

2.- Seguir los pasos descritos en el sistema y cargar la documentación habilitante.

3.- Esperar la respuesta por parte de la Superintendencia, misma que será enviada al CASILLERO SEPS de la entidad solicitante.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario de atención para atención ciudadana y recepción documental: Lun-Vie, 8:00 a 16:30

  • Recepción servicio en línea para ingreso documental: https://bit.ly/RecepcionDoc
  • Matriz SEPS - Quito: Av. Amazonas N32-87 y La Granja.
  • Dirección Zonal 3 - Ambato: Av. Los Shryris entre Chaquitinta y Manco Capac junto al hotel Raices
  • Dirección Zonal 4 - Portoviejo: Calle Nardos y Av. 15 de Abril, atrás del ECU 911.
  • Dirección Zonal 5 - Guayaquil: Edif. De la Plata, 2do piso. Cdla. La Garzota, tercera etapa. Mz. 47 y Av. Guillermo Pareja.
  • Oficina Técnica - Cuenca: De los Pensamientos y de los Geranios, Edificio Los Geranios, Planta Baja, a una cuadra de las oficinas de ETAPA.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección Nacional de Gestión Resolutiva de Trámites

Email: contactenos@seps.gob.ec

Teléfono: 02-3948840

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 2
2 2025-02 0 2
3 2025-03 0 2
4 2025-04 0 7
5 2025-05 0 5
6 2025-06 0 3
7 2025-07 0 2
8 2025-08 0 3
9 2025-09 0 3
10 2025-10 0 0
11 2025-11 0 2
12 2025-12 0 5
13 2024-01 0 0
14 2024-02 0 0
15 2024-03 0 0
16 2024-04 0 3
17 2024-05 0 1
18 2024-06 0 1
19 2024-07 0 3
20 2024-08 0 2
21 2024-09 0 3
22 2024-10 0 5
23 2024-11 0 1
24 2024-12 0 1
25 2023-01 0 2
26 2023-02 0 1
27 2023-03 0 0
28 2023-04 0 3
29 2023-05 0 2
30 2023-06 0 0
31 2023-07 0 3
32 2023-08 0 3
33 2023-09 0 2
34 2023-10 0 2
35 2023-11 0 2
36 2023-12 0 2
37 2022-01 0 0
38 2022-02 0 2
39 2022-03 0 5
40 2022-04 0 3
41 2022-05 0 1
42 2022-06 0 0
43 2022-07 0 4
44 2022-08 0 0
45 2022-09 0 1
46 2022-10 0 3
47 2022-11 0 0
48 2022-12 0 0
49 2021-01 0 6
50 2021-02 0 5
51 2021-03 0 6
52 2021-04 0 8
53 2021-05 0 3
54 2021-06 0 6
55 2021-07 0 1
56 2021-08 0 4
57 2021-09 0 4
58 2021-10 0 0
59 2021-11 0 4
60 2021-12 0 1
61 2020-01 0 21
62 2020-02 0 0
63 2020-03 0 14
64 2020-04 0 4
65 2020-05 0 9
66 2020-06 0 6
67 2020-07 0 6
68 2020-08 0 7
69 2020-09 0 4
70 2020-10 0 7
71 2020-11 0 11
72 2020-12 0 6
73 2019-11 0 22
74 2019-12 0 21
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2026/01/15

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