Trámite mediante el cual la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria lleva a cabo la autorización de la emisión y operación de tarjetas, garantizando que los procesos cumplan con los requisitos legales y reglamentarios establecidos, promoviendo así la transparencia y seguridad en las transacciones financieras realizadas por las organizaciones bajo su supervisión.
Entidades del Sector Financiero Popular y Solidario, las cuales incluyen cooperativas, mutualistas y otras organizaciones de base comunitaria que promueven la inclusión financiera, el desarrollo económico local y el bienestar social, ofreciendo servicios financieros accesibles y adaptados a las necesidades de sus miembros.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.
Resolución de emisión de tarjetas de crédito, débito, pago y prepago
Actuar como emisor u operador de tarjetas de débito o pago:
1.- Solicitud correspondiente, adjuntando copia certificada del acta o parte pertinente del acta de la sesión del consejo de administración o quien haga sus veces, en la cual se haya resuelto la operación
2.- Proyecto de convenio a celebrarse con los tarjetahabientes
3.- Proyecto de contrato a celebrarse con los establecimientos comerciales afiliados
4.- Formato y contenido de las tarjetas
5.- Formatos de notas de cargo a ser utilizados por los establecimientos afiliados
6.- Formatos de estados de cuenta
1. Solicitud suscrita por el representante legal
2. Copia certificada del acta o parte pertinente del acta de la sesión del Consejo de Administración o quien haga sus veces, en la cual se haya resuelto la operación.
3. Proyecto de convenio a celebrarse con los tarjetahabientes.
4. Proyecto de contrato a celebrarse con los establecimientos comerciales afiliados.
5. Formato y contenido de las tarjetas.
6. Formatos de notas de cargo a ser utilizados por los establecimientos afiliados.
7. Formatos de estados de cuenta.
ATENCIÓN PRESENCIAL
1. Acercarse a planta central SEPS y exponer el requerimiento al guía de servicios, se direcciona el mismo a secretaria general o a mesa de servicios dependiendo del requerimiento.
2. Ingresar la solicitud con toda la documentación habilitante en la ventanilla de recepción de documentos. *Receptar el número de trámite asignado a la solicitud.
3. Receptar en el tiempo establecido la respuesta del trámite solicitado, por el canal de notificación definido.
ATENCIÓN VIRTUAL
Actuar como emisor u operador de tarjetas de débito o pago:
1. La atención de autorización para actuar como emisor u operador de tarjetas de débito o pago deberá realizarse mediante el sistema de automatización de actividades financieras (SASOF), para acceder al sistema ingresar al siguiente enlace: https://sistemas.seps.gob.ec
Actuar como emisor u operador de tarjetas de crédito:
1. Enviar la solicitud con la documentación habilitante en un solo archivo PDF, a través del siguiente enlace de recepción documental: https://recepciondocumental.seps.gob.ec/
2. Recibir al correo electrónico del cual se envió la documentación, una notificación informando el número de solicitud de ingreso de la misma.
3. Receptar en el tiempo establecido la respuesta de la solicitud solicitada, por el canal de notificación definido.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
Horario de atención para atención ciudadana y recepción documental: Lun-Vie, 8:00 a 16:00
Matriz SEPS - Quito: Av. Amazonas N32-87 y La Granja.
Dirección Zonal 3 - Ambato: Av. Rodrigo Pachano entre Montalvo y La Delicia. Sector Ficoa.
Dirección Zonal 4 - Portoviejo: Calle Nardos y Av. 15 de Abril, atrás del ECU 911.
Dirección Zonal 5 - Guayaquil: Edif. De la Plata, 2do piso. Cdla. La Garzota, tercera etapa. Mz. 47 y Av. Guillermo Pareja.
Oficina Técnica - Cuenca: De los Pensamientos y de los Geranios, Edificio Los Geranios, Planta Baja, a una cuadra de las oficinas de ETAPA.
Contacto: Dirección Nacional de Gestión Resolutiva de Trámites
Email: contactenos@seps.gob.ec
Teléfono: 02 3948840
“Art. 194.- Operaciones. Las entidades financieras podrán realizar las siguientes operaciones, de conformidad con la autorización que le otorgue el respectivo organismo de control:
(...) d. Actuar como emisor u operador de tarjetas de débito o tarjetas de pago. Las entidades del segmento 1 del sector financiero popular y solidario podrán emitir u operar tarjetas de crédito; (...)"
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 1 |
3 | 2025-03 | 0 | 1 |
4 | 2024-01 | 0 | 0 |
5 | 2024-02 | 0 | 0 |
6 | 2024-03 | 0 | 2 |
7 | 2024-04 | 0 | 0 |
8 | 2024-05 | 0 | 0 |
9 | 2024-06 | 0 | 0 |
10 | 2024-07 | 0 | 1 |
11 | 2024-08 | 0 | 1 |
12 | 2024-09 | 0 | 0 |
13 | 2024-10 | 0 | 4 |
14 | 2024-11 | 0 | 4 |
15 | 2024-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2024/12/10