Obtención de Transferencia de Dominio de mercancías que han ingresado al país con exención de tributos

Obtención de Transferencia de Dominio de mercancías que han ingresado al país con exención de tributos

Este trámite está dirigido a los Operadores de Comercio Exterior involucrados en la transferencia de dominio de mercancías que ingresaron al país acogiéndose a exenciones totales o parciales de tributos.

Para realizar este proceso, es obligatoria la autorización previa de la máxima autoridad de la Dirección Distrital respectiva del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE).

La transferencia de dominio procede en los siguientes escenarios:

  • Libre del pago de tributos (luego de 5 años): Cuando han transcurrido cinco años, contados desde la fecha en que se otorgó el beneficio tributario.
  • Con pago proporcional (antes de 5 años): Previo al pago de las alícuotas mensuales, calculando la parte proporcional que falte para completar el plazo de cinco años.
  • Libre del pago de tributos (por homologación): Cuando la transferencia se efectúe a favor de organismos, entidades o personas que gocen de este mismo beneficio de exención.

Nota sobre Leyes Especiales: En los casos de transferencia de dominio de mercancías exoneradas al amparo de leyes especiales, el proceso se sujetará estrictamente a los plazos y condiciones establecidos en dichas normativas.

¿A quién está dirigido?

Son quienes importaron inicialmente la mercancía sin pagar impuestos (o pagando una parte) y ahora desean venderla o cederla. Generalmente incluyen a:

  • Operadores de Comercio Exterior: Empresas o individuos registrados en la aduana.
  • Personas con discapacidad: Que importaron vehículos ortopédicos o adaptados con exoneración de tributos.
  • Migrantes retornados: Que ingresaron su menaje de casa o vehículo libre de impuestos.
  • Misiones diplomáticas y organismos internacionales: Embajadas, consulados o funcionarios diplomáticos acreditados en el Ecuador.
  • Instituciones del Estado o sector público: Que ingresaron bienes para uso oficial.
  • Fundaciones u ONGs: Que importaron donaciones o equipos para asistencia social.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

SOLICITUD DE TANSFERENCIA DE DOMINIO DE MERCANCÍAS ACOGIDAS A EXENCIONES REALIZADA REALIZADA CON ÉXITO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Los requisitos que se requieren para solicitar la transferencia de dominio son los siguientes:

Para el caso de diplomáticos: 
1.- Documento emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, suscrito debidamente por el Director de Ceremonial y Protocolo.

Para el caso de menaje de casa:
1.- Certificación actualizada del registro de movimiento migratorio del beneficiario de la declaración.
2.- Para el caso de vehículos, debe adjuntarse la certificación de historia de dominio emitida por la Agencia Nacional de Tránsito.

Para el caso de personas con discapacidad:
1.- Resolución de exoneración de tributos a personas con discapacidad emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en donde consta el número de certificado 420 para la importación de bienes emitido por la Dirección Nacional de Discapacidades, calificándolo como tal. Este certificado se debe presentar si la transferencia de dominio se efectúa a favor de una organización, entidad o persona que goce del mismo beneficio.

En el caso de vehículos siniestrados debe adjuntarse la siguiente documentación adicional:
1.- Copia válida de la denuncia o del respectivo parte del accidente.
2.-Copia del pronunciamiento de la aseguradora respecto del siniestro.

¿Cómo hago el trámite?

1.- Registro electrónico de la solicitud a través de la ruta https://ecuapass.aduana.gob.ec/ menú principal "Trámites operativos" submenú "1.14 Registro y consulta de solicitud de transferencia de dominio/Vehículos"
2.- El importador o declarante debe preparar y enviar los justificativos en caso de que el técnico operador le solicite documento adicional que permita corroborar la aplicación de la solicitud de transferencia de dominio.
3.- Luego de que el técnico operador haya realizado el respectivo informe de la documentación revisada,  realizada la inspeccion física del vehículo ( de ser el caso) y hecho el cálculo de las alícuotas para lo cual se generó la liquidación manual; El importador o declarante debe realizar el pago de la respectiva liquidación generada por los tributos.
4.- El importador o declarante recibe resolución que lo autoriza a realizar la transferencia de dominio, o el oficio de rechazo a la solicitud de transferencia de dominio.

Para garantizar el correcto funcionamiento del portal externo de ECUAPASS, es obligatorio ingresar a través del navegador oficial de la aduana. Puede descargar el SENAE Browser desde su sitio web oficial: https://www.aduana.gob.ec/senae-browser-descargas/.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Este trámite se encuentra habilitado de forma ininterrumpida, las 24 horas del día y los 7 días de la semana, a través del sistema informático ECUAPASS.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 44 199
2 2026-02 27 115
3 2026-03 40 197
4 2025-01 0 249
5 2025-02 3 278
6 2025-03 15 244
7 2025-04 6 272
8 2025-05 0 277
9 2025-06 21 205
10 2025-07 62 251
11 2025-08 12 221
12 2025-09 2 217
13 2025-10 65 226
14 2025-11 36 173
15 2025-12 50 152
16 2024-01 79 169
17 2024-02 57 201
18 2024-03 2 208
19 2024-04 3 226
20 2024-05 1 244
21 2024-06 3 237
22 2024-07 4 277
23 2024-08 0 243
24 2024-09 3 247
25 2024-10 15 236
26 2024-11 4 241
27 2024-12 3 183
28 2023-01 11 162
29 2023-02 17 124
30 2023-03 18 158
31 2023-04 4 172
32 2023-05 12 216
33 2023-06 0 140
34 2023-07 1 137
35 2023-08 2 159
36 2023-09 1 152
37 2023-10 1 156
38 2023-11 1 159
39 2023-12 6 108
40 2022-01 10 113
41 2022-02 8 142
42 2022-03 6 188
43 2022-04 5 132
44 2022-05 9 135
45 2022-06 11 115
46 2022-07 14 162
47 2022-08 0 173
48 2022-09 12 184
49 2022-10 15 152
50 2022-11 1 147
51 2022-12 1 132
52 2021-01 6 184
53 2021-02 3 146
54 2021-03 8 225
55 2021-04 8 190
56 2021-05 7 166
57 2021-06 4 198
58 2021-07 8 164
59 2021-08 4 172
60 2021-09 5 131
61 2021-10 3 160
62 2021-11 2 150
63 2021-12 3 164
64 2020-01 6 183
65 2020-02 4 164
66 2020-03 6 119
67 2020-04 8 30
68 2020-05 4 75
69 2020-06 5 114
70 2020-07 6 110
71 2020-08 7 128
72 2020-09 8 137
73 2020-10 28 164
74 2020-11 29 197
75 2020-12 28 209
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Fecha de última actualización: 2026/01/14

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