Obtención de Devolución Condicionada Simplificada de Tributos de insumos incorporados a bienes de exportación

Devolución Condicionada Simplificada de Tributos

Es el régimen por el cual se permite obtener la devolución automática total o parcial de los tributos al comercio exterior pagados por la importación de las mercancías que se exporten y que cumplan con las formalidades. Además las condiciones y parámetros son fijados mediante resolución, por el Comité de Comercio Exterior.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a los Operadores de Comercio Exterior registrados en el sistema informático de la Aduana que exportan mercancías de manera definitiva  y que cumplan los requisitos para devolución condicionada simplificada.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Obtención exitosa de devolución condicionada simplificada de tributos de insumos incorporados a bienes de exportación. Este trámite genera la acreditación del valor correspondiente al exportador.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.-No tener deudas pendientes con el Servicio Nacional de Aduana de Ecuador.

2.-No tener deudas pendientes con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

3.-No tener deudas pendientes con el Servicio de Rentas Internas.

4.-Que las declaraciones de importación no tengan precedentes.

5.-No haber sido beneficiada de devolución condicionada ordinaria.

6.-No haber sido beneficiada por certificados de abono tributario.

7.-Que se encuentre en estado regularizada.

8.-Tener adjunto el documento de Certificado de Origen Preferencial o no preferencia, Declarar que la mercancía es originaria de Ecuador por lo que cuenta con Certificado preferencial / no preferencial, el cual se adjunta, cuando aplique según Acuerdo Ministerial 005.

9.-Tener adjunto el documento de Registro de operador, Declarar que la mercancía es originaria de Ecuador y cuenta con Registro de Operador, el cual se adjunta, cuando aplique según Acuerdo Ministerial 005.

10. Envío electrónico de la Declaración Aduanera de Exportación ( de exportaciones numeradas hasta el año 2015).

Requisitos Especiales:

Los requisitos que disponga el Comité de Comercio Exterior mediante resoluciones.

¿Cómo hago el trámite?

1. Ingresar al sistema informático Ecuapass (http://www.ecuapass.aduana.gob.ec).

2. Ingresar a la opción Registro de Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada que se encuentra en la ruta Trámites Operativos > Elaboración de e-Doc Operativo > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Sección Devolución Condicionada Simplificada.

3. Ingresar la información solicitada
 * Modalidad de pago (Los datos de la cuenta deben ser registrados previamente en la misma ruta en la opción "Administración de cuenta bancaria para Devolución Condicionada Simplificada").
 * Declaraciones Aduaneras de Exportación.

4. Guarda la Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada.

5. Firma y envía la Declaración Aduanera de Devolución Condicionad Simplificada, aceptando previamente la documentación requerida por el Ministerio de Comercio Exterior.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

NO

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través de la aplicación

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
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2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
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5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
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Fecha de última actualización: 2023/10/02