Proceso de Carga no Exportada

Se considera carga no exportada a las mercancías que ingresaron al depósito temporal o Zona Primaria, amparadas en una Declaración Aduanera de Exportación (DAE), pero que no fueron embarcadas con destino al exterior. Esto puede ocurrir por situaciones propias de la operación de exportación o, en el caso de productos perecibles, cuando no cumplen con los estándares de calidad o requisitos fitosanitarios establecidos por la autoridad competente.

El trámite inicia cuando el exportador o su declarante realiza a través del portal externo del sistema Ecuapass, el Registro de solicitud de salida para mercancías no exportadas. Esta solicitud permite gestionar la autorización para retirar la carga, de forma parcial o total, desde el depósito temporal hacia zona secundaria, quedando disponible para el exportador.

La solicitud puede ser aprobada de manera automática o, en ciertos casos, requerir una inspección física previa a su aprobación.

Una vez aprobada la solicitud, el exportador deberá coordinar el retiro de la mercancía, y el depósito temporal registrará en el sistema Ecuapass el informe de salida de la carga.

Únicamente, cuando el registro de salida corresponde a la totalidad de la mercancía amparada en la DAE, el sistema asignará a la declaración el estado “Carga no exportada”.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son solo Operadores de Comercio Exterior calificados como exportadores, agentes de aduana y agente de carga de exportación, que requieran efectuar el retiro de mercancías que hayan ingresado a zona primaria amparadas en una Declaración Aduanera de Exportación (DAE).

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de salida de carga no exportada a zona secundaria

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Registro de Operador de Comercio Exterior en Ecuapass aprobado.
  2. El solicitante debe ingresar el número de DAE para completar el registro de Solicitud de Salida para Mercancías no Exportadas.
  3. El solicitante debe conocer el detalle de la carga que va a retirar: número de contenedor, sello, peso, bultos y embalaje según corresponda, por el tipo de carga.

Requisitos Especiales:

  1. El solicitante debe adjuntar a su solicitud para casos de liberaciones por fiscalía, la disposición del Fiscal.

¿Cómo hago el trámite?

PROCEDIMIENTO EN LÍNEA

El procedimiento en cuanto a la Autorización de Salida de Carga no Exportada a Zona Secundaria, es el siguiente:

  1. Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Registro de Solicitud de Salida para Mercancías no Exportadas.
  2. Llenar el formulario con información de la DAE, registrar y enviar.
  3. Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Consulta de Estado de Solicitud de Salida de Mercancías no Exportadas.
  4. Verificar el estado y en caso de ser un proceso con control, coordinar con el Distrito la inspección para su aprobación.
  5. Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Consulta de Plan de Inspección de Solicitud de Salida de Mercancías no Exportadas.
  6. Confirmar fecha y hora de inspección programada e inspector del trámite.
  7. Posterior a la autorización de la salida, coordinar con el Deposito Temporal la logística para retirar la mercancía de zona primaria a zona secundaria.

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL

  1. Ingresar oficio solicitando el registro informático de la Solicitud de Salida para Mercancías no Exportadas adjuntando los justificativos correspondientes de la imposibilidad de hacer el registro en línea.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no genera costos con el Servicio Nacional de Aduana.

Es probable que la ejecución del proceso tenga inmerso costos por parte de los operadores portuarios y por gestiones logísticas que requiera el exportador.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

Lugares de atención:

 

Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/

Subdirección de Apoyo Regional https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/

Cuenca https://www.aduana.gob.ec/cuenca/

Esmeraldas https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/

Guayaquil Pto. Marítimo https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/

Guayaquil – Zona de Carga Aérea https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/

Huaquillas https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/

Latacunga https://www.aduana.gob.ec/latacunga/

Loja-Macará https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/

Manta https://www.aduana.gob.ec/manta/

Puerto Bolívar https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/

Quito https://www.aduana.gob.ec/quito/

Tulcán https://www.aduana.gob.ec/tulcan/

 

Horario de atención 08h00 – 17h00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El trámite una vez aprobado por la Aduana, tiene una vigencia de 30 días para su utilización y registros en el sistema Ecuapass.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Requerimientos Atenciones Quejas Denuncias
1 2026-01 100 0
2 2026-02 108 0
3 2026-03 113 0
4 2026-04 183 0
5 2026-05 110 0
6 2026-06 70 0
7 2026-07 77 0
8 2026-08 0 65 0 0
9 2026-09 0 121 0 0
10 2025-01 82 0
11 2025-02 72 0
12 2025-03 70 1
13 2025-04 94 0
14 2025-05 122 0
15 2025-06 71 0
16 2025-07 129 0
17 2025-08 81 2
18 2025-09 207 0
19 2025-10 89 0
20 2025-11 81 1
21 2025-12 96 0
22 2024-01 156 0
23 2024-02 244 0
24 2024-03 79 0
25 2024-04 118 0
26 2024-05 86 0
27 2024-06 74 0
28 2024-07 96 0
29 2024-08 104 0
30 2024-09 89 0
31 2024-10 105 0
32 2024-11 79 0
33 2024-12 78 0
34 2023-01 111 0
35 2023-02 133 0
36 2023-03 86 0
37 2023-04 88 0
38 2023-05 80 0
39 2023-06 96 0
40 2023-07 130 0
41 2023-08 114 0
42 2023-09 179 0
43 2023-10 121 0
44 2023-11 135 0
45 2023-12 80 0
46 2022-01 71 0
47 2022-02 103 0
48 2022-03 180 0
49 2022-04 189 0
50 2022-05 110 0
51 2022-06 109 0
52 2022-07 82 0
53 2022-08 92 0
54 2022-09 77 0
55 2022-10 113 0
56 2022-11 71 0
57 2022-12 71 0
58 2021-01 119 0
59 2021-02 104 0
60 2021-03 125 0
61 2021-04 116 0
62 2021-05 109 0
63 2021-06 76 0
64 2021-07 174 0
65 2021-08 114 0
66 2021-09 248 0
67 2021-10 96 0
68 2021-11 101 0
69 2021-12 91 0
70 2020-01 115 0
71 2020-02 79 0
72 2020-03 118 0
73 2020-04 82 0
74 2020-05 71 0
75 2020-06 85 0
76 2020-07 145 0
77 2020-08 144 0
78 2020-09 95 0
79 2020-10 97 0
80 2020-11 122 0
81 2020-12 108 0
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Fecha de última actualización: 2026/01/14

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