El Agente de Carga de Exportaciones es la persona jurídica autorizada como tal por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, que puede prestar servicios de manejo de carga, agrupar mercancías y presentar la Declaración Aduanera en el caso de las exportaciones, sujetándose a reglamentos y acuerdos específicos, así como emitir documentos de transporte u otros propios de su actividad
El trámite "Autorización para operar como OCE Agente de Carga de Exportación" está dirigido a las personas jurídicas que cumplan con los requisitos para calificarse como OCE-Agente de Carga de Exportación y prestar servicios de manejo de carga, agrupar mercancías y presentar la Declaración Aduanera en el caso de las exportaciones, sujetándose a reglamentos y acuerdos específicos, así como emitir documentos de transporte u otros propios de su actividad.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Salida autorizada de las mercancías.
REQUERIMIENTOS LEGALES Y DOCUMENTALES GENERALES:
Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:
1. Formulario de solicitud de autorización o renovación de Operador de Comercio Exterior, el cual debe ser descargado desde la página Web del SENAE.
2. La compañía debe estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente, cuyo objeto social debe contemplar la actividad de acuerdo al trámite que está solicitando.
El nombramiento del representante legal de la empresa, debe estar inscrito en la entidad competente y debidamente actualizado en la Superintendencia de Compañías.
3. Escritura de propiedad de las instalaciones o contrato civil de arrendamiento, debidamente legalizado o cualquier otro documento que compruebe la legal tenencia.
4. Presentar original o copia notariada de las pólizas de seguro (robo, incendio y responsabilidad civil), las mismas que deben estar vigentes, contratadas personalmente o por medio de terceros, que respalden la integridad física de las mercancías mientras permanezcan en sus instalaciones. En caso de haber sido contratada por un tercero será admisible también como prueba del contrato de seguro, una certificación de la aseguradora respecto de la cobertura requerida.
5. Cumplir con la Política Anti Soborno del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, emitida mediante Resolución suscrita por la máxima autoridad del SENAE.
REQUERIMIENTOS FÍSICOS Y TÉCNICOS MÍNIMOS PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN
Aplica para Autorización y Renovación:
Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:
Bodegas adecuadas para la actividad, ubicadas dentro de los predios del Puerto Marítimo o del Aeropuerto Internacional donde vaya a funcionar el Almacén Libre.
Para courier, agente de carga de exportación, consolidadora/desconsolidadora, mantener áreas de oficina debidamente delimitadas.
Planos de implantación general a escala 1:100 a 1:1600 normado o con las dimensiones señaladas en metros cuadrados, que contengan recuadros indicativos de la ubicación geográfica y las principales áreas del predio (área total de predio, área administrativa (oficina y archivo), área de bodegas (de ser el caso), firmado por un profesional facultado para el efecto así como por el Representante Legal de la empresa.
OTROS REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO
Aplica para Autorización, Renovación, Cambio de Domicilio y Modificación de Áreas:
1. Todos los demás que estén contemplados en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Reglamento de su Libro V y las disposiciones emanadas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
2. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos acarreará la imposición de la sanción correspondiente de acuerdo a la ley, sin perjuicio del cumplimiento de dicha obligación por parte del operador de comercio exterior autorizado y de los procesos legales a los que hubiera lugar, cuando correspondan. En caso de verificarse varios incumplimientos, se impondrá la respectiva falta reglamentaria por cada uno de dichos incumplimientos, siempre que estos no vayan en contra de la norma jerárquica superior vigente.
Aplica para Autorización y Renovación:
3. Adicional a estos requisitos legales y documentales, para la postulación y renovación, la empresa no debe mantener deuda en firme con SENAE y con SRI, debe encontrarse al día en sus obligaciones tributarias, así como también deberá mantener actualizado el certificado de cumplimiento de obligaciones, mismo que será comprobable en la página web de la Superintendencia de Compañías.
Aplica solo para Renovación:
4. Para la renovación de la autorización, se tomará en cuenta la reincidencia en los incumplimientos de los requisitos establecidos por la máxima autoridad aduanera, debiendo el operador de comercio exterior, no haber incurrido en un número hasta del 5% de faltas reglamentarias sobre el total de trámites (transmisión de declaraciones aduaneras de importación o exportación) realizados en un año fiscal para que proceda la renovación.
PROCESO DE AUTORIZACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
a) Acceder al navegador de Internet, registre la dirección http://www.aduana.gob.ec, en la opción “Servicios Para OCEs”, y “Gestión de Solicitud para Registro OCEs/aspirante”.
b) En el menú “Formulario de Solicitud de registro de oces / aspirantes” dar clic en “Ver formulario de solicitud de registro de oces / aspirantes”.
c) Se van a visualizar dos opciones la “Nueva solicitud para registro de Oces” y “Subsanación de observaciones de solicitud de Registro de Oces”.
d) Llenar la solicitud correspondiente
e) Firmar formulario
f) Agregar Formulario firmado
g) Enviar formulario
PROCESO DE RENOVACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
Está sujeto a tasa de postulación/renovación.
1. PARA TRÁMITE PRESENCIAL:
En las ventanillas de recepción de trámites de la Dirección General y de los Distritos Aduaneros a nivel nacional. Horario de atención 08h00 – 17h00
Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/
Subdirección de Apoyo Regional https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/
Cuenca https://www.aduana.gob.ec/cuenca/
Esmeraldas https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/
Guayaquil Pto. Marítimo https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/
Guayaquil – Zona de Carga Aérea https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/
Huaquillas https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/
Latacunga https://www.aduana.gob.ec/latacunga/
Loja-Macará https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/
Manta https://www.aduana.gob.ec/manta/
Puerto Bolívar https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/
Quito https://www.aduana.gob.ec/quito/
Tulcán https://www.aduana.gob.ec/tulcan/
2. QUIPUX: A través del Sistema de Gestión Documental Quipux, en horario 24/7.
3. SOLICITUD DE USO (USUARIO ECUAPASS) El trámite se realiza en línea y está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/
La calificación como operador de comercio exterior del Agente de Carga de exportación tiene una vigencia de 5 años.
Contacto: Jefatura de Atención al Usuario
Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec
Teléfono: 1800-238262
Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0844-RE Normas generales para la aplicación de códigos a los operadores de comercio exterior (1783)
Se expide el “REGLAMENTO PARA LA FACILITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Y RENOVACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR.
Artículo 1.- En la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2023-0006-RE de fecha 21 de febrero de 2023, mediante la cual se expide el PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA AUTORIZACIÓN, RENOVACIÓN, CAMBIO DE DOMICILIO, MODIFICACIÓN DE ÁREAS E INCORPORACIÓN DE PARTIDAS, DE LOS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR, efectúese los siguientes cambios.
Resolución SENAE-SENAE-2019-0004-RE REFORMA GENERAL DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SERVICIO NACIONAL ADUANA DEL ECUADOR (2557)
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2024-01 | 0 | 0 |
4 | 2024-02 | 0 | 0 |
5 | 2024-03 | 0 | 0 |
6 | 2024-04 | 0 | 0 |
7 | 2024-05 | 0 | 0 |
8 | 2024-06 | 0 | 0 |
9 | 2024-07 | 0 | 0 |
10 | 2024-08 | 0 | 0 |
11 | 2024-09 | 0 | 0 |
12 | 2024-10 | 0 | 0 |
13 | 2024-11 | 0 | 0 |
14 | 2024-12 | 0 | 0 |
15 | 2023-01 | 0 | 0 |
16 | 2023-02 | 0 | 1 |
17 | 2023-03 | 0 | 1 |
18 | 2023-04 | 0 | 1 |
19 | 2023-05 | 0 | 3 |
20 | 2023-06 | 0 | 0 |
21 | 2023-07 | 0 | 0 |
22 | 2023-08 | 0 | 0 |
23 | 2023-09 | 0 | 0 |
24 | 2023-10 | 0 | 1 |
25 | 2023-11 | 0 | 1 |
26 | 2023-12 | 0 | 0 |
27 | 2022-01 | 0 | 0 |
28 | 2022-02 | 0 | 2 |
29 | 2022-03 | 0 | 0 |
30 | 2022-04 | 0 | 0 |
31 | 2022-05 | 0 | 0 |
32 | 2022-06 | 0 | 0 |
33 | 2022-07 | 0 | 0 |
34 | 2022-08 | 0 | 0 |
35 | 2022-09 | 0 | 0 |
36 | 2022-10 | 0 | 0 |
37 | 2022-11 | 0 | 2 |
38 | 2022-12 | 0 | 3 |
39 | 2021-01 | 1 | 0 |
40 | 2021-02 | 0 | 2 |
41 | 2021-03 | 0 | 1 |
42 | 2021-04 | 0 | 2 |
43 | 2021-05 | 0 | 1 |
44 | 2021-06 | 0 | 0 |
45 | 2021-07 | 0 | 1 |
46 | 2021-08 | 0 | 1 |
47 | 2021-09 | 0 | 1 |
48 | 2021-10 | 0 | 0 |
49 | 2021-11 | 0 | 0 |
50 | 2021-12 | 0 | 1 |
51 | 2020-01 | 0 | 0 |
52 | 2020-02 | 0 | 0 |
53 | 2020-03 | 0 | 0 |
54 | 2020-04 | 0 | 0 |
55 | 2020-05 | 0 | 0 |
56 | 2020-06 | 0 | 1 |
57 | 2020-07 | 0 | 0 |
58 | 2020-08 | 1 | 0 |
59 | 2020-09 | 0 | 1 |
60 | 2020-10 | 0 | 0 |
61 | 2020-11 | 0 | 0 |
62 | 2020-12 | 0 | 2 |
Fecha de última actualización: 2024/02/29