Es un programa voluntario y gratuito en el cual el Operador de Comercio Exterior (OCE) cumple con normas de seguridad en la cadena logística establecidas por el Marco de Estándares para Asegurar y Facilitar el Comercio (SAFE) de la Organización Mundial de Aduanas y que le permitirá obtener beneficios por parte de la Administración Aduanera y otras entidades del estado. El Programa OEA está dirigido a todos los eslabones de la cadena logística, siempre que cumplan con los requisitos previstos en las normas legales vigentes.
Persona natural o jurídica involucrada en el movimiento internacional de mercancías, agente de aduana, que cumpla con las normas equivalentes de seguridad de la cadena logística establecidas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para acceder a facilidades en los trámites aduaneros.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana.
Autorización como OEA Agente de Aduana
A Historial Satisfactorio:
A1: Ejercer la actividad que se está calificando de al menos tres (3) últimos años previos a la fecha de la postulación en el sistema informático aduanero. Condición requerida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
A2: Las personas naturales o los representantes legales, accionistas o socios mayoritarios de las personas jurídicas, no deberán tener en ningún momento sentencia ejecutoriada en su contra por delitos contra el régimen de desarrollo, delitos contra la administración aduanera, delitos contra la fe pública, delitos contra la seguridad pública, delitos económicos, y delitos por la producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, contemplados en la normativa penal vigente.
A3: Los valores que recibe y/o entrega por efecto de las transacciones comerciales deben tener origen lícito.
A4: Tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en el Ecuador, de conformidad con lo estipulado en el artículo 9 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
A5: Contar con el código de OCE en estado “Habilitado”.
A6: No haber sido suspendido, ni haber sido cancelado por la administración aduanera, mediante acto administrativo, en los tres (3) últimos años previos a la fecha de postulación en el sistema informático aduanero.
A7: No haber sido sancionado administrativamente por contravenciones aduaneras establecidos en el artículo 190 del COPCI, en los tres (3) últimos años previos a la fecha de postulación en el sistema informático aduanero.
A8: No tener obligaciones pecuniarias en firme con Instituciones del Estado
A9: No haber sido declarado insolvente o en quiebra en los tres (3) últimos años previos a la fecha de la postulación.
A10: No haber sido declarada disuelta o cancelada la persona jurídica.
A11: No encontrarse en el listado de empresas consideradas para efectos tributarios como inexistentes o fantasmas definidas por el Servicio de Rentas Internas.
A12: Contar con un comportamiento adecuado en el ámbito aduanero, ante el SENAE, en base al perfil de riesgo del OCE.
A13: No encontrarse calificado como contratista incumplido y/o adjudicatario fallido con alguna institución, ni contratos pendientes con el Estado, en caso de contar con Registro Único de Proveedores (RUP)
A14: No haberse anunciado, promocionado o simulado que cuenta con la calidad OEA, sin haber obtenido la correspondiente calificación o renovación, esto incluye los casos en los cuales la calificación ha sido revocada.
Para obtener el "Formulario de condiciones generales" y "Formulario de requisitos", se debe acceder al siguiente link: https://www.aduana.gob.ec/oea/formularios-oea/
1. Completar la Solicitud y el “Formulario para obtener o renovar la calificación como OEA” en el sistema Informático Ecuapass según el eslabón a postularse.
2. Adjuntar la documentación solicitada en el formulario de condiciones.
3. Obtener confirmación del SENAE sobre el cumplimiento de las condiciones del Programa OEA.
4. Completar la sección de requisitos del “Formulario para obtener o renovar la calificación como OEA” y suscribirlo por parte del representante legal o persona natural y entregarlo en cualquier dependencia del SENAE junto con la documentación correspondiente.
5. El SENAE realizará la verificación documental y de campo (visitas in situ) del cumplimiento de los requisitos.
6. Evaluación final.
7. Resolución de la máxima autoridad del SENAE otorgando la calificación OEA.
8. Para efectos de monitoreo y alertar al Operador Económico Autorizado se implementó la mejora “Notificación de alerta al Operador de Comercio Exterior (OCE) calificado como Operador Económico Autorizado OEA respecto de la culminación de la vigencia de calificación” esta mejora genera notificaciones para alertar que la vigencia de la calificación de OEA esta por culminar, con la finalidad de que se realicen las gestiones pertinentes para la renovación.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/
La vigencia de la calificación como OEA será de tres (3) años a partir de la fecha de su emisión.
Contacto: Jefatura de Atención al Usuario
Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec
Teléfono: 1800-238262
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2025-01 | 0 | 1 |
2 | 2025-02 | 0 | 2 |
3 | 2025-03 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/04/07