Es un servicio que se otorga a la ciudadanía en general para que pueda obtener información estadística de comercio exterior tal como: importaciones, exportaciones, recaudaciones, entre otros. Esta información puede ser solicitada mediante un oficio ingresado físicamente a las secretarías de los distritos a nivel nacional o de manera virtual por medio del correo electrónico de Mesa de Servicios.
Los beneficiarios de este trámite son los ciudadanos en general, los operadores de comercio exterior, instituciones públicas y privadas , que requieran información estadística de comercio exterior tal como: importaciones, exportaciones, recaudaciones, obligaciones pendientes, entre otros.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Registros de Información de Comercio Exterior
1. Oficio físico de requerimiento de información debidamente firmado por el solicitante.
2. El solicitante debe adjuntar el Nombramiento del Representante Legal (Documento solicitado únicamente para personas jurídicas).
3. El solicitante debe indicar información de contacto: número de teléfono fijo, número de celular o correo electrónico.
Se debe detallar en el oficio de requerimiento de información datos de: RUC/Cédula, nombres (persona natural o persona jurídica), partidas arancelarias, período de búsqueda, régimen (importación, exportación) u otros campos que se consideren necesarios para realizar una mejor búsqueda de la información.
De acuerdo a la normativa vigente, no es factible proporcionar información de terceros.
Presencial (Ventanilla de Secretaría General de SENAE)
1. Ingresar la solicitud de información mediante Oficio a través de las ventanillas de atención de Secretaría de los Distritos a nivel nacional.
2. Recibir el documento de respuesta por parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) con la información solicitada.
3. Autorizar la generación de la liquidación de pago por la obtención de la información producto del requerimiento, en el caso que aplique.
4. Realizar el pago de la liquidación emitida por SENAE a través de bancos autorizados, de manera presencial o virtual.
5. Remitir mediante correo electrónico el comprobante de pago de la liquidación.
6. Recibir o retirar la información solicitada.
Por Quipux
1. Ingresar la solicitud de información mediante Oficio a través de la herramienta QUIPUX.
2. Recibir el documento de respuesta por parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) con la información solicitada.
3. Autorizar la generación de la liquidación de pago por la obtención de la información producto del requerimiento, en el caso que aplique.
4. Realizar el pago de la liquidación emitida por SENAE a través de bancos autorizados, de manera presencial o virtual.
5. Remitir mediante correo electrónico el comprobante de pago de la liquidación.
6. Recibir o retirar la información solicitada.
Por correo electrónico
1. Remitir la solicitud de información a través del correo electrónico de Mesa de Servicios. (mesadeservicios@aduana.gob.ec)
2. Recibir el documento de respuesta por parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) con la información solicitada.
3. Autorizar la generación de la liquidación de pago por la obtención de la información producto del requerimiento, en el caso que aplique.
4. Realizar el pago de la liquidación emitida por SENAE a través de bancos autorizados, de manera presencial o virtual.
5. Remitir mediante correo electrónico el comprobante de pago de la liquidación.
6. Recibir o retirar la información solicitada.
En línea (https://servicios.aduana.gob.ec/servicios/ui/senae-login.xhtml)
1. Acceder al sitio web a través del link https://servicios.aduana.gob.ec/servicios/ui/senae-login.xhtml con el respectivo usuario y clave de ECUAPASS
2. Completar la información solicitada dentro del formulario.
3. Recibir el documento de respuesta por parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) con la información solicitada.
4. Autorizar la generación de la liquidación de pago por la obtención de la información producto del requerimiento, en el caso que aplique.
5. Realizar el pago de la liquidación emitida por SENAE a través de bancos autorizados, de manera presencial o virtual.
6. Remitir mediante correo electrónico el comprobante de pago de la liquidación.
7. Recibir o retirar la información solicitada.
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
La información generada tiene un costo. De acuerdo a lo establecido en el Art. 2 de la Resolución SENAE-DGN-2013-0299-RE del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, con fecha 9 de agosto de 2013, la tasa fijada para la entrega de información generada es de US $23.44 por requerimientos de información que tengan un peso de hasta 5 megabytes y por cada megabyte adicional se cobrará una tarifa de US $9.63.
1. Se puede atender dudas o inquietudes a través de la MESA DE SERVICIOS siguiendo los siguientes pasos:
PASO 1: Ingrese a la página https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/
PASO 2: De click en el recuadro “USUARIO EXTERNO”.
PASO 3: Inicie sesión:
Los usuarios que cuenten con dos opciones.
1. Pueden acceder con el mismo usuario y contraseña que usan en el sistema ECUAPASS.
2. Caso contrario el usuario deberá registrarse con su cuenta de correo electrónico.
PASO 4: Si es un nuevo usuario, debe ingresar a: REGISTRESE AHORA.
PASO 5: Ingrese su información personal para crear su cuenta en el Portal.
PASO 6: En caso de olvidar su contraseña, el Senae le proporciona la siguiente opción ¿OLVIDÓ SU CONTRASEÑA?
PASO 7: Una vez que ha iniciado la sesión, podrá ingresar a los formularios del Portal de Mesa de Servicios .
PASO 8: Ingrese al formulario que necesite y registre su solicitud .
PASO 9: Se creará ticket de atención en su bandeja de entrada.
2. Presencial - Ventanillas de secretaría general de los Distritos a nivel nacional: Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00.
Distritos: Guayaquil-Marítimo, Quito, Subdirección de Zona de Carga Aéreo - Guayaquil, Manta, Esmeraldas, Huaquillas, Loja Macará, Latacunga, Subdirección de Apoyo Regional - Quito , Puerto Bolívar, Tulcán.
Dependiendo del Distrito donde se realice el trámite:
Lugares de atención:
Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/
Subdirección de Apoyo Regional https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/
Cuenca https://www.aduana.gob.ec/cuenca/
Esmeraldas https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/
Guayaquil Pto. Marítimo https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/
Guayaquil – Zona de Carga Aérea https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/
Huaquillas https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/
Latacunga https://www.aduana.gob.ec/latacunga/
Loja-Macará https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/
Manta https://www.aduana.gob.ec/manta/
Puerto Bolívar https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/
Quito https://www.aduana.gob.ec/quito/
Tulcán https://www.aduana.gob.ec/tulcan/
Contacto: Jefatura de Atención al Usuario
Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec
Teléfono: 1800-238262
Art. 1.- Ámbito.- Se rigen por la presente normativa todas las personas naturales y jurídicas y demás formas asociativas que desarrollen una actividad productiva, en cualquier parte del territorio nacional. El ámbito de esta normativa abarcará en su aplicación el proceso productivo en su conjunto, desde el aprovechamiento de los factores de producción, la transformación productiva, la distribución y el intercambio comercial, el consumo, el aprovechamiento de las externalidades positivas y políticas que desincentiven las externalidades negativas. Así también impulsará toda la actividad productiva a nivel nacional, en todos sus niveles de desarrollo y a los actores de la economía popular y solidaria; así como la producción de bienes y servicios realizada por las diversas formas de organización de la producción en la economía, reconocidas en la Constitución de la República. De igual manera, se regirá por los principios que permitan una articulación internacional estratégica, a través de la política comercial, incluyendo sus instrumentos de aplicación y aquellos que facilitan el comercio exterior, a través de un régimen aduanero moderno transparente y eficiente.
Art. 1.- Ámbito de Aplicación.- Las normas del presente reglamento y las demás que expidiere el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se aplicarán en todo el territorio aduanero ecuatoriano.
Art. 2.- Definiciones.- Para efecto de la aplicación del Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y este reglamento se establecen las siguientes definiciones:
a) Autoridad Aduanera.- Órgano de la administración pública competente, facilitadora del comercio exterior, para aplicar la legislación aduanera y sus normas complementarias y supletorias, determinador y recaudador de los tributos al comercio exterior y cualquier otro recargo legítimamente establecido para las operaciones de comercio exterior, que ejerce el control y la potestad aduanera, y que presta por sí mismo o mediante concesión los servicios aduaneros contemplados en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (...)
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 1 | 66 |
2 | 2025-02 | 0 | 67 |
3 | 2025-03 | 1 | 81 |
4 | 2025-04 | 0 | 50 |
5 | 2025-05 | 1 | 64 |
6 | 2025-06 | 0 | 55 |
7 | 2025-07 | 2 | 305 |
8 | 2024-01 | 0 | 131 |
9 | 2024-02 | 0 | 124 |
10 | 2024-03 | 0 | 92 |
11 | 2024-04 | 0 | 72 |
12 | 2024-05 | 0 | 94 |
13 | 2024-06 | 0 | 72 |
14 | 2024-07 | 0 | 74 |
15 | 2024-08 | 0 | 59 |
16 | 2024-09 | 0 | 78 |
17 | 2024-10 | 0 | 71 |
18 | 2024-11 | 2 | 67 |
19 | 2024-12 | 0 | 77 |
20 | 2023-01 | 1 | 106 |
21 | 2023-02 | 0 | 115 |
22 | 2023-03 | 0 | 89 |
23 | 2023-04 | 0 | 64 |
24 | 2023-05 | 0 | 61 |
25 | 2023-06 | 0 | 81 |
26 | 2023-07 | 0 | 92 |
27 | 2023-08 | 0 | 102 |
28 | 2023-09 | 0 | 94 |
29 | 2023-10 | 0 | 118 |
30 | 2023-11 | 1 | 84 |
31 | 2023-12 | 0 | 117 |
32 | 2022-01 | 0 | 11 |
33 | 2022-02 | 3 | 24 |
34 | 2022-03 | 7 | 46 |
35 | 2022-04 | 0 | 32 |
36 | 2022-05 | 0 | 32 |
37 | 2022-06 | 2 | 26 |
38 | 2022-07 | 0 | 31 |
39 | 2022-08 | 2 | 45 |
40 | 2022-09 | 0 | 32 |
41 | 2022-10 | 0 | 42 |
42 | 2022-11 | 1 | 121 |
43 | 2022-12 | 0 | 107 |
44 | 2021-01 | 1 | 30 |
45 | 2021-02 | 1 | 25 |
46 | 2021-03 | 0 | 30 |
47 | 2021-04 | 3 | 27 |
48 | 2021-05 | 2 | 38 |
49 | 2021-06 | 0 | 21 |
50 | 2021-07 | 4 | 37 |
51 | 2021-08 | 0 | 41 |
52 | 2021-09 | 2 | 20 |
53 | 2021-10 | 6 | 36 |
54 | 2021-11 | 2 | 33 |
55 | 2021-12 | 1 | 40 |
56 | 2020-01 | 1 | 34 |
57 | 2020-02 | 2 | 28 |
58 | 2020-03 | 2 | 25 |
59 | 2020-04 | 0 | 22 |
60 | 2020-05 | 0 | 19 |
61 | 2020-06 | 0 | 20 |
62 | 2020-07 | 0 | 37 |
63 | 2020-08 | 1 | 33 |
64 | 2020-09 | 2 | 40 |
65 | 2020-10 | 0 | 38 |
66 | 2020-11 | 4 | 40 |
67 | 2020-12 | 0 | 47 |
Fecha de última actualización: 2022/09/20