Trámite a través del cual las compañías del sector societario solicitan calificar al oficial de cumplimiento en base a las normas en materia de prevención de lavado de activos, a través del portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
CONSIDERACIONES
La calificación del Oficial de Cumplimiento, podrá ser realizada por el Representante Legal del sujeto obligado, del sector societario.
El no cumplimiento de la calificación de un oficial de cumplimiento, dentro de los plazos establecidos en la normativa vigente, implica la afectación del CCO del sujeto obligado.
En caso de que la calificación del oficial de cumplimiento titular se DEJE SIN EFECTO, deberá calificarse un nuevo oficial de cumplimiento dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la fecha en que se registre la misma ante la SCVS. Luego de este plazo, en caso de no haber calificado un nuevo oficial de cumplimiento, se considerará como un incumplimiento de sus obligaciones afectando el CCO del sujeto obligado.
Las personas naturales que vayan a ser calificadas como oficial de cumplimiento deberán estar previamente registradas en el portal electrónico de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Para mayor información, acceder al manual de usuario de uso del sistema:
https://appscvsmovil.supercias.gob.ec/guiasUsuarios/images/guias/societario/cal_of_cum/cal_of_cum.pdf
Los beneficiarios de este trámite de "Solicitud de calificación a oficial de cumplimiento por parte de las compañías del sector societario" son las personas jurídicas, las cuales solicitan a la Superintendencia de Compañías, Valores, y Seguros (SCVS) la calificación del oficial de cumplimiento.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.
Notificación electrónica
Resolución de calificación de oficial de cumplimiento
Nota: Únicamente será necesario que cargue al sistema una de las dos últimas opciones mencionadas “Titulo o Certificado SENESCYT” o “Respaldo de experiencia”.
Para poder acceder a la aplicación web se requiere cumplir con los siguientes requerimientos:
Una computadora con acceso a internet.
Un navegador de internet que puede ser:
Mozilla Firefox Versión 40.0.3 o superior
Google Chrome Versión 44.0.2403.157 o superior.
Internet Explorer 10 o superior
Microsoft Edge Versión 80.0.361 o superior.
1. Ingresar al portal web institucional. www.supercias.gob.ec
2. Seleccionar la opción Portal de Trámites en Línea / Sector Societario.
3. Presionar el botón "SU COMPAÑÍA ONLINE".
4. Seleccionar la compañía de la cual desea realizar la calificación del oficial de cumplimiento.
5. Dentro del menú de opciones, seleccione la opción "REGISTRO DE OFICIAL DE CUMPLIMIENTO":
6. Ingresar la información en el formulario y adjunte los documentos.
7. Enviar el formulario a través del portal web.
Una vez efectuado el proceso, se remitirá una notificación dirigida al correo electrónico del o los representantes legales de la compañía, así como del oficial de cumplimiento calificado.
En la notificación se adjuntará la respectiva resolución de calificación del Oficial de Cumplimiento.
Para mayor información, acceder al manual de usuario de uso del sistema:
https://appscvsmovil.supercias.gob.ec/guiasUsuarios/images/guias/societario/cal_of_cum/cal_of_cum.pdf
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
Para el caso de trámites en línea:
El trámite está habilitado en línea las 24 horas del día, a través del portal web www.supercias.gob.ec.
Horarios de atención presencial:
Atención a nivel nacional de lunes a viernes de 08h30 a 17h00.
En la Dirección Nacional de Inspección, Control, Auditoría e Intervención (Guayaquil), los usuarios deberán separar cita al (04) 3728500 Ext.: 2504/2530.
Lugares de atención presencial:
Matriz Guayaquil
Centro Financiero Público (9 de Octubre 200 y Pichincha)
(593) (04) 3728500 Ext.: 2457/2458
Intendencias Regionales:
Quito
Calle Roca 660 y Amazonas
(02) 2997800 Ext.: 1670 / 1210
Ambato
Av. De las Américas 2024 entre Cuba y Nicaragua
(03) 2521523/ 2521611 Ext.: 3100
Portoviejo
Av. Paulo Emilio Macías Sabando y Eduardo Izaguirre
(05) 2634856/ 2633868 Ext.: 3400
Cuenca
Manuel J. Calle 3-123 y Av. Estadio
(07) 2882449 / 2882810 Ext.: 3300
Loja
Av. Emiliano Ortega, Pasaje A entre Colón e Imbabura
(07) 2564110 / 2570144 Ext. 3600
Machala
Av. 25 de Junio 523 entre Buenavista y Colón
(07) 2960300 / 2930756 Ext.: 3200
La presente normativa regula las políticas, procedimientos y los mecanismos para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos, que deberán observar los sujetos obligados o compañías reguladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que se dediquen a las actividades establecidas en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2023-01 | 0 | 83 |
2 | 2023-02 | 0 | 0 |
3 | 2023-03 | 0 | 21 |
4 | 2023-04 | 0 | 117 |
5 | 2023-05 | 0 | 88 |
6 | 2023-06 | 0 | 90 |
7 | 2023-07 | 0 | 139 |
8 | 2023-08 | 0 | 237 |
9 | 2023-09 | 0 | 177 |
10 | 2023-10 | 0 | 125 |
11 | 2023-11 | 0 | 95 |
12 | 2023-12 | 0 | 94 |
Fecha de última actualización: 2024/01/16