Solicitud de medidas preventivas respecto del cometimiento de presuntas prácticas anticompetitivas

Solicitud de medidas preventivas respecto del cometimiento de presuntas prácticas anticompetitivas

Son medidas que tienen como objetivo prevenir el efecto en el mercado como consecuencia de un comportamiento anticompetitivo, a través de imposición de condiciones, la suspensión de efectos, la adopción de comportamientos positivos y aquellas que considere pertinentes con la finalidad de preservar las condiciones de competencia.   

Entre las cuales, conforme el artículo 73 del Reglamento a la Ley están:

a) Órdenes de cese inmediato de la conducta en que se podrá incluir el apercibimiento de sanción de conformidad con la Ley.
b) La imposición de condiciones.
c) La suspensión de los efectos de actos jurídicos relacionados a la conducta prohibida.
d) La adopción de comportamientos positivos.
e) Las demás que considere pertinente para preservar las condiciones de competencia afectadas y evitar el daño que pudieren causar las conductas investigadas o asegurar la eficacia de la resolución definitiva.
 

¿A quién está dirigido?

El solicitante, el mercado, la eficiencia económica o los consumidores y usuarios.  Artículo 2 de la LORCPM: los operadores económicos, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales y extranjeras, con o sin fines de lucro, que actual o potencialmente realicen actividades económicas en todo o en parte del territorio nacional, así como los gremios que las agrupen, y las que realicen actividades económicas fuera del país, en la medida en que sus actos, actividades o acuerdos produzcan o puedan producir efectos perjudiciales en el mercado nacional.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de Medidas preventivas respecto del cometimiento de presuntas prácticas anticompetitivas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. SUPERINTENDENCIA DE COMPETENCIA ECONÓMICA

Conforme lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica de Regulación y Control de Poder de Mercado:
Cualquier Intendencia de la Superintendencia de Competencia Económica, podrá solicitar en cualquier estado el procedimiento de investigación.

2. OPERADORES ECONÓMICOS (denunciante)

PREVIO:

1. Denuncia tramitada en la Superintendencia de Competencia Económica, sobre la presunción de una práctica anticompetitiva;

2. Presentación conjunta de la denuncia y la solicitud de medidas preventivas;

No es necesario presentar de manera conjunta con la denuncia. Puede ser después ante cualquier Intendencia de la SCE, o ante la Comisión de Resolución de Primera Instancia, de conformidad con el artículo 67 del Instructivo de Gestión Procesal.

REQUISITOS PARA SOLICITUD DE MEDIDAS PREVENTIVAS:

1. Solicitud por parte del denunciante dirigida a la Intendencia a la cual se esta tramitando su denuncia;
2. Solicitud por parte del denunciante dirigida a la Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI);

Requisitos Especiales:

1. El operador económico puede presentar documentos o información que respalden la necesidad de las medidas;
2. El operador económico, podrá incorporar elementos que demuestren la  existencia  de  apariencia de buen derecho y el peligro en la demora ("fumus bomis iuris" y "periculum in mora" )
3. El operador económico, podrá incorporar información que demuestre los elementos de intensidad, proporcionalidad y daño que se pretende evitar 

¿Cómo hago el trámite?

VENTANILLA VIRTUAL PARA INGRESO A LA DOCUMENTACIÓN:

Conforme lo dispuesto en la Resolución N°SCPM-DS-2020-27 de 13 de julio de 2020 publicado en el Registro Oficial No. 260 del 04 de agosto de 2020, se habilita el canal de ingreso de documentación a través de una ventanilla virtual, a los operadores económicos y público en general, en los días laborables de acuerdo a la jornada ordinaria de trabajo de la Institución, esto es, de 08h30 a 17h15.

Como presentar la documentación:

  • Firma electrónica válida, emitida por una entidad certificadora autorizada por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones – ARCOTEL
  • Formato PDF
  • Anexos: comprimidos (ZIP, RAR o ISO)
  • En la documentación deberá señalarse una dirección electrónica, donde recibirá la notificación de ingreso de la solicitud

Una vez cumplidos los requisitos usted recibirá un correo electrónico del detalle de trámite ingresado a la Superintendencia de Competencia Económica.

Acceso: https://www.scpm.gob.ec/sitio/ventanilla-virtual/

PRESENCIAL
1. Presentar la solicitud  oficio de forma física en la Secretaría General de la Superintendencia de Competencia Económica;
2. La Superintendencia le asignará un número de trámite.
3. La Intendencia en el término de 15 días remite a la Comisión de Resolución de Primera Instancia  un informe de procedencia de la solicitud.
4. En el caso que la solicitud sea presentada conjuntamente con la denuncia la Intendencia se abstendrá de tramitarla hasta que la denuncia sea calificada.
5. Si  se presenta la solicitud a la Comisión de Resolución de Primera Instancia- CRPI , en el término de 3 días, la CRPI, requiere a la Intendencia de la SCE, la emisión del informe de procedencia, otorgándole el término de 15 días.
6. Una vez recibido el informe la Comisión de Resolución de Primera Instancia, tendrá el término de 10 días para resolver respecto a las medidas preventivas.

El trámite durará aproximadamente de 25 a 30 días término.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

A) Ventanilla virtual:

https://www.sce.gob.ec/sitio/ventanilla-virtual/

Habilitado en días laborables de 08:15 a 17:00

B) Ventanilla física:

Matriz: 

Quito: Av. de los Shyris N44-93 y Río Coca, Edificio Ocaña

Teléfono: (593) 2 39 56 010 PBX: 1241

Correo electrónico: info@sce.gob.ec

                                                                                                                   

Regional:

Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y Justino Cornejo, Sector Kennedy Norte. Complejo Inmobiliario Word Trade Center, torre A, local 1.

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 2017

 

Oficinas Técnicas de Apoyo:

Loja: Av. Cuxibamba 01-89 entre Tena y Áncon Edificio Imperio

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 3008

 

Cuenca: Av. México y Unidad Nacional Edificio del Gobierno Zonal 6 – SENPLADES piso 2

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 5004

 

Portoviejo: Av. Urbina y calle Che Guevara, planta baja de la Universidad Técnica de Manabí

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 7005

 

Horario de atención: De lunes a viernes de 08:15 a 17:00 en todas las oficinas

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección Nacional de Gestión de la Calidad

Email: tramites.admin@sce.gob.ec

Teléfono: 593-2 395-6010

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 1
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 1
19 2022-04 0 1
20 2022-05 0 1
21 2022-06 0 2
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 1
28 2021-01 0 0
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30 2021-03 0 1
31 2021-04 0 0
32 2021-05 0 0
33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 3
35 2021-08 0 1
36 2021-09 0 2
37 2021-10 0 1
38 2021-11 0 2
39 2021-12 0 3
40 2020-01 0 1
41 2020-02 0 1
42 2020-03 0 0
43 2020-04 0 0
44 2020-05 0 0
45 2020-06 0 0
46 2020-07 0 1
47 2020-08 0 0
48 2020-09 0 1
49 2020-10 0 2
50 2020-11 0 2
51 2020-12 0 0
52 2019-10 0 1
53 2019-11 0 0
54 2019-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2024/04/22