Recurso administrativo de apelación respecto de la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado

Recurso administrativo de apelación respecto de la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado

El recurso de apelación es un mecanismo legal que permite a una persona natural o jurídica solicitar a la máxima autoridad institucional, el análisis de una decisión administrativa inferior dentro de la misma institución pública, con el fin de confirmar, modificar o dejar sin efecto la decisión impugnada.

Este recurso se presenta cuando quien se siente afectado considera que la resolución contiene errores en la forma del procedimiento (in procedendo) o en la valoración del derecho o los hechos (in iudicando).

¿A quién está dirigido?

El recurso de apelación puede ser presentado por toda persona natural o jurídica que tenga un interés legítimo en el procedimiento administrativo, ya sea por resultar afectada por el acto o resolución de la SCE o por participar directamente en el proceso sancionador o de control.

Esta regla se encuentra respaldada por el artículo 67 de la LORCPM y el artículo 64 de la Ley Orgánica de Competencia Desleal, ambos en concordancia con el artículo 220 del Código Orgánico Administrativo.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

La revisión integral de los elementos de hecho y de derecho del caso por parte de la máxima autoridad, quien podría ratificar, revocar o modificar la decisión emitida por el órgano inferior.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Conforme la LORCPM, el recurso debe presentarse dentro del término de 20 días contados desde la notificación del acto administrativo impugnado. El escrito debe ser presentado a través de los canales oficiales habilitados por la institución.

Requisitos Obligatorios:

En cuanto a su contenido, el recurso de apelación debe incluir: 

  1. Identificación del acto administrativo que genera la vulneración de derechos de las partes;

  2. Invocación de la norma constitucional, legal o reglamentaria presuntamente inobservada;

  3. La pretensión;

  4. Casillero judicial o un correo electrónico; y,

  5. La firma del representante legal del operador económico y de su abogado defensor.

  6. Documentos que habilitan la comparecencia

De acuerdo con la Ley Orgánica de Competencia Desleal (LOCD), los actos administrativos pueden ser apelados conforme a las reglas establecidas en el Código Orgánico Administrativo (COA). En consecuencia, debe interponerse por quien tenga interés legítimo y directo en el procedimiento administrativo, dentro del término de 10 días contados desde la notificación del acto impugnado. El escrito debe ser presentado a través de los canales oficiales habilitados por la institución.

Requisitos Obligatorios:

El escrito debe contener al menos:

  1. La identificación completa del impugnante —nombre, número de cédula, estado civil, edad, profesión, dirección y correo electrónico—, incluyendo también los datos del representado en caso de actuar mediante procurador o representante legal;

  2. Narración detallada de los hechos que fundamentan la impugnación;

  3. Anuncio y descripción de los medios de prueba que se ofrecerán;

  4. Los fundamentos de derecho en que se sustenta el recurso;

  5. La identificación del órgano administrativo que dictó el acto impugnado; 

  6. La determinación precisa del acto administrativo objeto de apelación; y, 

  7. Las firmas del impugnante y de la o del defensor, salvo los casos exceptuados por la ley.

¿Cómo hago el trámite?

A) Ventanilla virtual:

Ingresar la solicitud en la ventanilla virtual ubicada en https://servicios.sce.gob.ec/ventanilla/GesDocVirRegistro.aspx

B) Ventanilla física:

Entregar la solicitud en la ventanilla física ubicada en las instalaciones de Quito, Guayaquil, Loja, Cuenca y Portoviejo.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

A) Ventanilla virtual:

https://servicios.sce.gob.ec/ventanilla/GesDocVirRegistro.aspx

Habilitado en días laborables de 08:15 a 17:00

B) Ventanilla física:

Matriz: 

Quito: Av. de los Shyris N44-93 y Río Coca, Edificio Ocaña

Teléfono: (593) 2 39 56 010 PBX: 1241

Correo electrónico: info@sce.gob.ec

                                                                                                                   

Regional:

Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y Justino Cornejo, Sector Kennedy Norte. Complejo Inmobiliario Word Trade Center, torre A, local 1.

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 2017

 

Oficinas Técnicas de Apoyo:

Loja: Av. Cuxibamba 01-89 entre Tena y Áncon Edificio Imperio

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 3008

 

Cuenca: Av. México y Unidad Nacional Edificio del Gobierno Zonal 6 – SENPLADES piso 2

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 5004

 

Portoviejo: Avenida 15 de Abril y Av. Los Nardos, Vía Santa Ana. Centro de Atención Ciudadana (CAC) de Portoviejo, Piso 3 bloque 4

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 7005

 

Horario de atención: De lunes a viernes de 08:15 a 17:00 en todas las oficinas

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección Nacional de Gestión de la Calidad

Email: tramites.admin@sce.gob.ec

Teléfono: 593-2 395-6010

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 1
2 2025-02 0 1
3 2025-03 0 2
4 2025-04 0 1
5 2025-05 0 1
6 2025-06 0 0
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34 2023-11 0 1
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39 2022-04 0 1
40 2022-05 0 2
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47 2022-12 0 1
48 2021-01 0 3
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51 2021-04 0 1
52 2021-05 0 4
53 2021-06 0 0
54 2021-07 0 2
55 2021-08 0 0
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58 2021-11 0 5
59 2021-12 0 11
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61 2020-02 0 1
62 2020-03 0 0
63 2020-04 0 0
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67 2020-08 0 4
68 2020-09 0 4
69 2020-10 0 2
70 2020-11 0 2
71 2020-12 0 2
72 2019-10 0 2
73 2019-11 0 2
74 2019-12 0 2
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Fecha de última actualización: 2026/01/20

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