Tomar nota del aumento de capital suscrito y pagado dentro del limite de lo autorizado

Autorizaciones

Información proporcionada por: Superintendencia de Bancos (SB)

Autorización que obtienen las entidades financieras públicas y privadas para aumentar el capital autorizado y como consecuencia de ello, la respectiva reforma de los estatutos sociales.

¿A quién está dirigido?

Entidades financieras privadas que cumplan con los requisitos para realizar los aumentos de capital autorizado y sus reformas estatutarias.

Entidades financieras públicas que cumplan con los requisitos para realizar los aumentos de capital autorizado y sus reformas estatutarias.

La regulación de autorización se encuentra en la Codificación de Normas de la Superintendencia de Bancos y demás normas aplicables.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Oficio tomando nota

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

ENTIDADES FINANCIERAS PRIVADAS:


1. Solicitud de aprobación de aumento de capital autorizado.

2. Acta de Junta General de Accionistas en la que se aprobó el incremento del capital autorizado y la reforma del estatuto social.
3. Escritura pública de aumento de capital autorizado y reforma del estatuto social.

ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS:


1. Solicitud de aprobación de aumento de capital autorizado.

2. Acta de Sesión del Directorio en la que se aprobó el aumento del capital autorizado y la reforma del estatuto social.
3. Estatuto social reformado.

          

¿Cómo hago el trámite?

Presentar  documentación en la recepción   Quito o  en  sus  Regionales Guayaquil, Cuenca, o Portoviejo de  acuerdo a  su jurisdicción.

Conforme  lo  establece   la Disposicion  GENERAL  PRIMERA.  del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la  Superintendencia Bancos emitido con resolución  SB-2017-893 de 16 octubre de  2017, que dice:  Para efecto de la aplicación del presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; la Intendencia Regional de Guayaquil tendrán jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Guayas, El Oro, Los Ríos, Santa Elena y la Región Insular Galápagos; La Intendencia Regional de Cuenca tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Azuay, Cañar, Loja, Morona Santiago y Zamora Chinchipe y para la Intendencia Regional de Portoviejo tendrá jurisdicción sobre las instituciones controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáshilas.

Adjuntar  Solicitud  suscrita por  el Gerente General de la Entidad Financiera

Anexar requisitos.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

HORARIO  DE  8H30  A  17H00  DE LUNES A VIERNES

Quito Av.  12 de  Octubre No. 24-185 y Madrid 

Guayaquil Chimborazo 412 y Aguirre

Cuenca Antonio Borrero 710 y Presidente Córdova

Portoviejo Calle Olmedo y Alajuela

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Toa Carolina Murgueytio Nuñez

Email: tmurgueytio@superbancos.gob.ec

Teléfono: 2996100 EXT. 2006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 3
2 2024-02 0 2
3 2024-03 0 1
4 2023-01 0 2
5 2023-02 0 1
6 2023-03 0 1
7 2023-04 0 8
8 2023-05 0 3
9 2023-06 0 3
10 2023-07 0 5
11 2023-08 0 3
12 2023-09 0 1
13 2023-10 0 1
14 2023-11 0 4
15 2023-12 0 1
16 2022-01 0 1
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 1
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 2
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 1
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0

Fecha de última actualización: 2024/01/24