Calificación de entidades no financieras especializadas que provean recursos a personas naturales y/o jurídicas locales o a organismos del gobierno

Calificaciones

Información proporcionada por: Superintendencia de Bancos (SB)
Es la autorización emitida a entidades del exterior que les permite  proveer de recursos / Entidades no financieras especializadas que provean recursos a personas naturales y/o jurídicas locales o a organismos del gobierno, bajo el marco normativo vigente

 

  

¿A quién está dirigido?

Personas Jurídicas constituidas en el Exterior que cumplan con los requisitos para calificarse como entidades no financieras especializadas que provean recursos.

La regulación para la calificación se encuentra en las Resoluciones No. 107-2015-F , SB-2016-568 y demás normas aplicables.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de calificación para proveer recursos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.- Solicitud de calificación, suscrita por el representante legal de la empresa  ecuatoriana, adjuntando copia del nombramiento inscrito en Registro Mercantil, y la siguiente documentación de la entidad proveedora de recursos: 
2.- Certificado de existencia legal, legalizado o apostillado;
3-  Declaración juramentada conferida por el representante legal o apoderado de la entidad extranjera, en la que conste:
a.- Nombre.
b.- Identificación.
c.- Nacionalidad.
d.- Jurisdicción en la que opera la entidad no financiera especializada acreedora o depositante.
e.- Nombre y jurisdicción del ente que la controla, con la precisión de que la entidad está facultada a proveer recursos.

¿Cómo hago el trámite?

Presentar documentación en la recepción  Quito o en sus Regionales Guayaquil, Cuenca, o Portoviejo de acuerdo a su jurisdicción.

Conforme lo establece  la Disposición GENERAL PRIMERA. del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos emitido con resolución SB-2017-893 de 16 octubre de  2017, que dice:  Para efecto de la aplicación del presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; la Intendencia Regional de Guayaquil tendrán jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Guayas, El Oro, Los Ríos, Santa Elena y la Región Insular Galápagos; La Intendencia Regional de Cuenca tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Azuay, Cañar, Loja, Morona Santiago y Zamora Chinchipe y para la Intendencia Regional de Portoviejo tendrá jurisdicción sobre las instituciones controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas.

Adjuntar  Solicitud  suscrita por el representante legal sujeto pasivo

Anexar requisitos.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

HORARIO  DE  8H30  A  17H00  DE LUNES A VIERNES

Quito Av.  12 de  Octubre No. 24-185 y Madrid 

Guayaquil Chimborazo 412 y Aguirre

Cuenca Antonio Borrero 710 y Presidente Córdova

Portoviejo Calle Olmedo y Alajuela

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Toa Carolina Murgueytio Nuñez

Email: tmurgueytio@superbancos.gob.ec

Teléfono: 2996100 ext 2006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 6
2 2024-02 0 4
3 2024-03 0 6
4 2023-01 0 4
5 2023-02 0 9
6 2023-03 0 12
7 2023-04 0 7
8 2023-05 0 3
9 2023-06 0 8
10 2023-07 0 6
11 2023-08 0 6
12 2023-09 0 11
13 2023-10 0 15
14 2023-11 0 9
15 2023-12 0 7
16 2022-01 0 5
17 2022-02 0 9
18 2022-03 0 2
19 2022-04 0 1
20 2022-05 0 1
21 2022-06 0 2
22 2022-07 0 4
23 2022-08 0 3
24 2022-09 0 7
25 2022-10 0 24
26 2022-11 0 9
27 2022-12 0 7

Fecha de última actualización: 2024/01/24