Calificaciones

Información proporcionada por: Superintendencia de Bancos (SB)

Autorización que obtienen las personas jurídicas para brindar sus servicios profesionales en las entidades del sector Público  y Privado controladas por la Superintendencia de Bancos.

¿A quién está dirigido?

Empresas privadas constituidas en territorio ecuatoriano que cumplan los requisitos para calificarse como calificadora de riesgo, la regulación para la calificación se encuentra en el  capítulo lll “Normas para la calificación de las firmas calificadoras de riesgo para las entidades de los sectores financieros público y privado” del título XVII “De las calificaciones otorgadas por la Superintendencia de Bancos”, del libro I “Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado”, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos y demás normas aplicables.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de calificación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Formulario de calificación
  2. Que su objeto social establezca que su prestación de servicios es calificadora de riesgo
  3. Nombramiento del representante legal debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
  4. Encontrarse al día en el cumplimiento de obligaciones con la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros;
  5. Certificado emitido por las instituciones en las que haya prestado sus servicios, que sean controladas por la Superintendencia de Bancos y entes reguladores de otros países, que documenten su experiencia en el lapso correspondiente a los últimos  cinco (5) años .Las personas jurídicas recién constituidas que no cumplan con el requisito señalado en el inciso precedente, deberán presentar la documentación de por lo menos tres (3) de sus miembros principales, que demuestren su experiencia en el lapso antes señalado;
  6. Certificado emitido por la Unidad de Análisis Financiero y Económico o quien haga sus veces, de no se encontrarse registrados en la base de datos de personas con sentencia condenatoria, de los socios, accionistas, represente legal o apoderado;
  7. Las firmas extranjeras y/o sus integrantes que realizarán la calificación en el país presentarán la autorización actualizada otorgada por el Ministerio del Trabajo o quien ejerza esas competencias. La firma además presentará el registro correspondiente emitido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros y acompañará la documentación que acredite estar legalmente constituida y autorizada para operar;
  8. Convenios de asociación o de representación de firmas internacionales, debidamente autenticadas y traducidas, conforme lo dispuesto en la legislación vigente. El acuerdo entre la calificadora local y sus afiliadas o asociadas internacionales debe establecer claramente el nivel de soporte técnico y metodológico que proveerá la firma internacional a calificadora local; así como también los compromisos en términos de idoneidad e independencia que debe cumplir la calificadora local; el acuerdo debe establecer además la responsabilidad o limitación de responsabilidades de la firma asociada respecto a las acciones que realizará la calificadora local.
  9. Delegación de poder protocolizado.
  10. Estructura de propiedad;
  11. Estructura organizacional y de Gobierno Corporativo;
  12. Detalle de infraestructura física y tecnológica (software y hardware), aplicables a la actividad;
  13. Acta de Directorio en la que se aprobó las políticas y procedimientos para identificar, administrar y difundir conflictos de interés; políticas y procedimientos de control interno y cumplimiento normativo; políticas de compensación a analistas, técnicos y miembros del comité de calificación que demuestre que las remuneraciones del personal involucrado en el proceso de calificación no afecta la producción de calificaciones independientes y objetivas.
  14. Código de ética basado en los lineamientos de IOSCO (International Organization of Securities Commissions).
  15. (Eliminado con Resolución Nro. SB-2020-0758 de 20 de agosto de 2020)
  16. Metodología de calificación de riesgo a ser aplicada.
  17. Declaración de no estar incurso en las incompatibilidades contempladas en el capítulo III "Normas para la calificación de las firmas calificadoras de riesgo de las entidades de los sectores financiero público y privado" del del título XVII “De las calificaciones otorgadas por la Superintendencia de Bancos”, del libro I “Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado”, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos.

 

¿Cómo hago el trámite?

Ingresar al sistema de calificaciones en le link: http://aplicaciones.superbancos.gob.ec:8080/#/autenticacion/login

Crear el usuario y contraseña. 

Ingresar la documentación de conformidad con lo previsto en el capítulo lll “Normas para la calificación de las firmas calificadoras de riesgo para las entidades de los sectores financieros público y privado” del título XVII “De las calificaciones otorgadas por la Superintendencia de Bancos”, del libro I “Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado”, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, en formato PDF con un máximo de 2MB

La respuesta de la solicitud será enviado al correo electrónico ingresado en el sistema de calificaciones.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

HORARIO  DE  8H30  A  17H00  DE LUNES A VIERNES

Quito Av.  12 de  Octubre No. 24-185 y Madrid 

Guayaquil Chimborazo 412 y Aguirre

Cuenca Antonio Borrero 710 y Presidente Córdova

Portoviejo Calle Olmedo y Alajuela

 

 

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Diez (10) años, el mismo que tiene que actualizar cada dos (2) años y renovarlo cada 10 años.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Toa Carolina Murgueytio Nuñez

Email: tmurgueytio@superbancos.gob.ec

Teléfono: 2996100 ext 2006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 2
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 1
9 2023-06 0 2
10 2023-07 0 1
11 2023-08 0 2
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 2
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2024/01/24