El trámite de inscripción de Testamento, consiste en inscribir la disposición de bienes que realiza una persona antes de su muerte, para sus herederos o legatarios.
Legatario: Es aquella persona particular, que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.
Heredero: Persona que recibe los bienes, el dinero o los derechos y obligaciones de una persona cuando esta muere.
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero o legatario de los bienes dejado por la persona fallecida mediante testamento.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Razón de Inscripción de Testamento
TRÁMITE EN LÍNEA:
1.Ingresar en la opción "trámite en línea".
2. Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
3. Recibir proforma por parte del Registro de la Propiedad San Pedro de Huaca.
4. Pago a favor del Registro de la Propiedad San Pedro de Huaca, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
5. Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
6. Recibir la factura.
7. Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
8. Recibir la razón de inscripción.
TRÁMITE PRESENCIAL:
NOTA:
1. El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en el formulario en línea.
2. Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
3. En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
4. El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Telefónico.
El costo se realiza basado en la REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL, publicado en la edición especial Nª 45 de fecha 03 de agosto del 2017. Artículo Nª 47 literal p).-"Por la inscripción de testamentos, se considerará el valor de la certificación del avalúo catastral del bien y se aplicará la tarifa establecida en el literal a) de esta ordenanza reformatoria".
TRÁMITE PRESENCIAL:
Horario: Lunes a Viernes de 8h00 a 13h00 y de 14h00 a 17h00.
Oficinas del Registro de la Propiedad del Cantón San Pedro de Huaca, calle Luis Felipe Borja y Juan León Mera.
TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas.
Contacto: Administración de Servicios
Email: tesoreria.rpmh@gmail.com
Teléfono: 06 2973424 - 0985151887
Fecha de última actualización: 2020/10/02