Inscripción de Fideicomisos o negocios fiduciarios (siempre que involucre bienes inmuebles)CANTÓN-MIRA

FIDEICOMISO

Información proporcionada por: Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Mira (RPMCM)

A través de este trámite se inscribe la transferencia de bienes inmuebles de manera temporal e irrevocable, para que la fiduciaria, cumpla con las finalidades específicas instituidas en el contrato de constitución.

Bien inmueble: Todo lo que no se puede trasportar de un lugar a otro y que se encuentran adheridos al suelo, por ejemplo: casa, terreno, departamento, etc.

Fiduciaria: Persona de confianza a cuya buena fe el fiduciario encomienda algún encargo reservado constituido en bienes, para administrarlos y dar cumplimiento a la finalidad encomendada.

FIdeicomiso: como el negocio Jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante transfiere a título de confianza, a otra persona denominada fiduciario, uno o más bienes (que pasan a formar el patrimonio fideicomitido) para que al vencimiento de un plazo o al cumplimiento de una condición, éste transmita la finalidad o el resultado establecido por el primero, a su favor o a favor de un tercero llamado beneficiario o fideicomisario.

Constituyente: Es quien constituye el fideicomiso, transmitiendo la propiedad del bien o de los bienes al fiduciario, para que cumpla la finalidad específica del fideicomiso.

Beneficiario: : Es aquel en cuyo favor se ejerce la administración de los bienes fideicomitidos. Puede ser una persona física o jurídica que puede no existir al tiempo del contrato o testamento, siempre que consten los datos que permitan su individualización futura. Se puede designar más de un beneficiario y beneficiarios sustitutos. Si el beneficiario no llegara a existir, no acepta, o renuncia, el beneficiario será el fideicomisario y en defecto de éste será el fiduciante.

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en capacidad para contratar y en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y desee establecer un fideicomiso o negocio fiduciario de un bien inmueble en el cantón en el cual proceda la inscripción.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Razón de Inscripción de Fideicomiso o Negocio Fiduciario

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Pago del arancel por el servicio de inscripción a favor del Registro de la Propiedad del Cantón Mira, a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos".
  2. Escritura Pública de Constitución del Fideicomiso.
  3. Certificado de Gravamen del bien inmueble, actualizado.
  4. Requisitos propios del Registro de la Propiedad.
    1. Certificado de avalúo
    2. Certificado de exoneración del impuesto de alcabala y plusvalía
    3. Certificado de no adeudar al Municipio
    4. Certificado Catastral actualizado
    5. Pago del impuesto predial.

NOTAS:

  • Escritura Pública: Documento realizado ante un notario que evidencia la constitución de una hipoteca.
  • Certificado de Gravamen: Documento obtenido mediante un trámite ante el Registro de la Propiedad.
  • En el caso de trámite en línea debe cargarse la Escritura de Fideicomiso en PDF y si es presencial, entregar primera y segunda copia.

Requisitos Especiales:

*En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización debidamente suscrita por la fiduciaria.
*En caso de persona jurídica Nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil,Certificado de Registro Único de Contribuyentes, Autorización de los socios o accionistas de la Compañía.

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE EN LÍNEA:
1. Ingresar en la opción "trámite en línea".
2. Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
3. Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea).
4. Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad.
5. Pagar a favor del Registro de la Propiedad, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
6. Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
7. Recibir por medio de correo electrónico la factura emitida por el Registro de la Propiedad.
8. Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción.

TRÁMITE PRESENCIAL:
1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad del cantón Mira.
2. Subsanar observaciones (en caso de existir).
3. Realizar el pago según las formas aceptadas.
4. Retirar la razón de inscripción.

NOTA:
*El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o  la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en  el formulario en línea.
*Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
*En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
*El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo se realiza basado en la ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTON MIRA 

NOTA:

FORMAS DE PAGO

Los pagos se realizarán mediante transferencia o depósito bancario a la Cuenta de Ahorros No. 3001074365 a nombre del Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Mira.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario: Lunes a Viernes de 8h00 a 13h00 y de 14h00 a 16h00.

TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas.

TRÁMITE PRESENCIAL:
Oficinas del Registro de la Propiedad en el Cantón Mira

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La inscripción de Inscripción de Fideicomisos o negocios fiduciarios tiene validez especifica (mientras dure la condición).

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Patricia Acosta

Email: pattylu2328@gmail.com

Teléfono: 062281079


Fecha de última actualización: 2020/06/19