Compra Venta

Información proporcionada por: Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Mira (RPMCM)

A través de este trámite se inscribe una compraventa de un bien inmueble a nombre del comprador quedando legalizada la transferencia de dominio.

Bien inmueble: Todo lo que no se puede trasportar de un lugar a otro y que se encuentran adheridos al suelo, por ejemplo: casa, terreno, departamento, etc.
Transferencia de dominio: Traspaso de propiedad de una persona a otra pagando un precio justo.

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en capacidad para contratar y en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que haya comprado un bien inmueble en el catón en el cual proceda la inscripción.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Razón de Inscripción de Compraventa

Generación del Ultimo Certificado con la razón de Inscripción

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.Pago del servicio a favor del Registro de la Propiedad a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos".
2. Escritura Pública de Compraventa.
3. Certificado de Gravamen del bien inmueble, actualizado.
4. Certificado de Avaluos y Catastros y/o plusvalía de ser el caso.

NOTAS:

*Escritura Pública: Documento realizado ante un notario que evidencia una compraventa.
*Certificado de Gravamen: Documento obtenido mediante un trámite ante el Registro de la Propiedad.
*En el caso de trámite en línea debe cargarse la Escritura de Compraventa en PDF y si es presencial, primera y segunda copia.

*Certificado de Avaluos y Catastros: Este documento se solicitara en el GAD-MIRA. 

Requisitos Especiales:

*En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización debidamente suscrita por el comprador.
*En caso de que la venta sea realizada herederos, se adjuntará el pago del impuesto a la herencia, pagado en el SRI.
*En caso de menores de edad: Autorización judicial debidamente ejecutoriada.

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE EN LÍNEA:
1.Ingresar en la opción "trámite en línea".
2. Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite).
En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
3. Recibir proforma por parte del Registro de la Propiedad Mira.
4. Pago a favor del Registro del Cantón Mira, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
5. Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
6. Recibir la factura.
7. Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
8. Recibir la razón de inscripción.

TRÁMITE PRESENCIAL:
1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro del Cantón Mira.
2. Subsanar observaciones (en caso de existir).
3. Realizar el pago según las formas aceptadas.
4. Retirar la razón de inscripción.

NOTA:
1. El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o  la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en  el formulario en línea.
2. Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
3. En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
4. El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo de la inscripción depende del valor de la cuantía de la escritura pública de acuerdo a la tabla constante en la Ordenanza.

NOTA:

El pago se lo realizará en forma directa en la caja de la Institución Registral; o,

En el BANCO BANECUADOR  EP en la cuenta corriente del Registro de la Propiedad número 1060036880001. 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario: Lunes a Viernes de 8h00 a 13h00 y de 14h00 a 16h00.

TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas.

TRÁMITE PRESENCIAL:
Oficinas del Registro de la Propiedad en el Cantón Mira

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La inscripción de Compraventa tiene validez permanente, salvo resolución judicial o administrativa.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Denis Zapata

Email: deniszapatavega@gmail.com

Teléfono: 062281079


Fecha de última actualización: 2020/06/16