Este trámite consiste en inscribir la posesión efectiva de los bienes de un heredero.
La posesión efectiva es un trámite para establecer quienes son los herederos de la persona fallecida de la universalidad de los bienes siempre que no exista un testamento de por medio.
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero de los bienes dejado por la persona fallecida.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Razón de Inscripción de Posesión Efectiva
1. Pago a favor del Registro de la Propiedad del Cantón Cañar a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos".
2. Acta Notarial otorgando la posesión efectiva que deberá tener adjunto la declaración juramentada por parte de los herederos o Sentencia Judicial.
3. Declaración del Formulario 108 SRI, de todos los herederos.
TRÁMITE PRESENCIAL:
1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad del cantón Cañar.
2. Realizar el pago según las formas aceptadas.
3. Subsanar observaciones (en caso de existir).
4. Retirar la razón de inscripción.
Canales de atención: Presencial.
Por la inscripción de posesiones efectivas, la cantidad de 30,00 dólares.
De Lunes a Viernes de 8:00 AM a 15:30. En los interiores del Recinto ferial ubicado en las calles 24 de Junio Luis Masa.
La inscripción de Posesión Efectiva tiene validez permanente, salvo resolución judicial o administrativa.
Fecha de última actualización: 2020/09/21