Resolución SENAE-SENAE-2020-0030-RE SENAE ATIENDE NIVEL NACIONAL POR ECUAPASS CORREO DIFERENTES TIPOS SOLICITUDES

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2020-06-15

Fecha de publicación: 2020-06-24

Número de registro: Edición Especial R.O. No. 700

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

RESUELVE:

Artículo 1.- El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador seguirá atendiendo a nivel nacional exclusivamente por medio de los siguientes canales: Plataforma digital ECUAPASS, y el correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec y a través de la línea telefónica 1800-ADUANA (238262).

No se atenderá de manera presencial a los usuarios en ninguna de sus dependencias. Por excepción, se atenderá a usuarios que requieran presentar en físico los siguientes documentos en la Secretaría de la Dirección General o Direcciones Distritales, según corresponda:

Garantías aduaneras originales; Declaraciones juramentadas; Reclamos y recursos, así como sus respectivos documentos de prueba; Documentos relacionados con procedimientos sancionatorios en general y abreviados; Documentos originales dentro de procesos de exención de tributos; Respuestas a requerimientos de información; Impugnaciones y escritos dentro de procedimientos coactivos; Muestras de mercancías, en los casos en que sean requeridas por parte de la administración aduanera; y, Documentos de control previo, siempre y cuando su presentación no se encuentre disponible a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana.

La atención de las Secretarías de la Dirección General y Direcciones Distritales, para la recepción de la documentación original antes señalada, será de las 8 de la mañana a 5 de la tarde, a nivel nacional.

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