Fecha de suscripción: 2015-01-06
Fecha de publicación: 2016-07-04
Número de registro: Registro Oficial E. E. 618
Tipo de regulación: Resolución
Artículo 1.- Agréguese después del artículo 12 de la resolución SENAE-DGN-2012-0148-RE lo siguiente:
“Artículo 13.- Disminución del monto de la garantía general.- Los depósitos aduaneros; los importadores calificados para acogerse al beneficio de Despacho con Pago Garantizado; las instalaciones autorizadas para operar habitualmente bajo el régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo o bajo el régimen de Transformación bajo Control Aduanero; almacenes libres, almacenes especiales, zonas especiales de desarrollo económico, transportistas, agentes de carga internacional que han presentado garantías generales para afianzar operaciones de traslado o trasbordo con traslado; y, exportadores que han presentado garantías para afianzar los tributos suspendidos de las mercancías provenientes de una cesión de titularidad del régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, podrán solicitar a la Dirección General o a la Subdirección de Apoyo Regional, de acuerdo al distrito donde fue presentada inicialmente la garantía, la autorización de disminución del monto de su garantía general, petición que deberá ser debidamente sustentada por el peticionario.