Resolución SENAE-DGN-2014-0168-RE REFORMA REQUISITOS PARA OBTENER AUTORIZACIÓN CONSOLIDADOR DESCONSOLIDADOR

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2014-03-08

Fecha de publicación: 2016-06-28

Número de registro: EDICIÓN ESPECIAL NO. 611

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Tipo de regulación: Resolución

REFORMA A LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN COMO CONSOLIDADOR O DESCONSOLIDADOR

Artículo 1: Agréguese al numeral 4 del literal A del artículo 2 de la resolución SENAE-DGN-2013-0488-RE, el siguiente párrafo: “En ambos casos será admisible también que el documento se otorgue directamente sin intervención de notario extranjero o cónsul ecuatoriano, siempre que alguna de estas autoridades intervenga posteriormente en el reconocimiento de firma de quien lo hubiese otorgado y que se acredite su representación legal. De igual manera, si el reconocimiento de firma lo confiere un notario extranjero, dicho documento deberá ser legalizado o apostillado.

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