Resolución SENAE-DGN-2013-0299-RE Se ratifica lo indicado en la Resolución 14-2008-R3

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2013-11-08

Fecha de publicación: 2013-11-08

Número de registro: R.O. 119

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Tipo de regulación: Resolución

Se ratifica lo indicado en la Resolución 14-2008-R3, de fecha 11 de julio de 2008, emitida por el entonces Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, se determinó lo siguiente en su texto: "Artículo 1.- Establecer la Tasa por Procedimiento Específico de Datos Requeridos, que se aplicará a las solicitudes de los operadores del comercio exterior sobre datos específicos relacionados con investigaciones y su actividad comercia. Se ratifica lo indicado en la Resolución 14-2008-R3, de fecha 11 de julio de 2008, emitida por el entonces Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, se determinó lo siguiente en su texto: "Artículo 1.- Establecer la Tasa por Procedimiento Específico de Datos Requeridos, que se aplicará a las solicitudes de los operadores del comercio exterior sobre datos específicos relacionados con investigaciones y su actividad comercia

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