Fecha de suscripción: 2012-11-23
Fecha de publicación: 2013-01-10
Número de registro: Suplemento R.O. 867
Tipo de regulación: Resolución
RESUELVE:
Regulación sobre la transmisión de la declaración aduanera en el sistema informático Ecuapass por parte del Servicio De Aduana Del Ecuador.
Articulo1.- Intervención Facultativa. - En todo tipo de importaciones que realice el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, de conformidad con el articulo 64 del Reglamento al titulo de la facilitación Aduanera para el comercio, libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, será facultativo contar con la intervención de un Agente de Aduana, para el proceso despacho de las mercancías.