Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0065-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN NRO. SENAE-SENAE-2019-0063-RE REGLAMENTO PARA OBTENER O RENOVAR LA CALIFICACIÓN DE OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO

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Fecha de suscripción: 2022-07-29

Fecha de publicación: 2022-09-01

Número de registro: R.O. Segundo Supl. 139

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Tipo de regulación: Resolución

REFORMA A LA RESOLUCIÓN NRO. SENAE-SENAE-2019-0063-RE REGLAMENTO PARA OBTENER O RENOVAR LA CALIFICACIÓN DE OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO.

Actualización del artículo 13, 15, 16 y 16. Así también se agrega la Disposiciones Generales siguientes:

Cuarta.- El beneficio relacionado a la Reducción o Exoneración de la Presentación de Garantías Aduaneras prevalecerá sobre las disposiciones ordinarias que regulan la presentación de garantías generales, en el régimen de Importación para el Consumo bajo la modalidad de Despacho con Pago Garantizado.

Quinta.- El OEA que hubiera sido sancionado con la revocatoria de su calificación mediante acto administrativo firme o ejecutoriado, y tenga en curso declaraciones aduaneras asociadas con el beneficio indicado en el artículo 15.1 de la presente resolución, deberá presentar inmediatamente una garantía general que afiance los eventuales tributos al comercio exterior de las mercancías amparadas en las referidas declaraciones, o en su defecto, deberá realizar el cambio de modalidad a pago normal. No obstante lo indicado anteriormente, de haber sido sancionado el OEA con la suspensión de su calificación mediante acto administrativo firme o ejecutoriado, el efecto de dicho acto sancionatorio ocasionará que no se permita el goce del beneficio señalado en el Art. 15.1 de la presente resolución en la transmisión de nuevas declaraciones aduaneras mientras dure el periodo de suspensión; sin perjuicio de que las declaraciones transmitidas con anterioridad a la firmeza del acto sancionatorio, continúen su curso normal.

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