Fecha de suscripción: 2017-05-04
Fecha de publicación: 2017-06-06
Número de registro: Registro Oficial 8
Tipo de regulación: Resolución
REFORMA A LA RESOLUCIÓN Nro. SENAE-DGN-2013-0472-RE “REGLAMENTO PARA LOS REGÍMENES DE EXCEPCIÓN: “TRÁFICO POSTAL INTERNACIONAL” Y “MENSAJERÍA ACELERADA O COURIER”
Artículo 1.- Sustitúyase el literal h) del artículo 12 por el siguiente: “Ser solidariamente responsable con el consignatario, ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, por el pago de los tributos aduaneros y demás gravámenes económicos que se causen por el ingreso de mercancía amparada bajo el régimen de excepción de “Mensajería Acelerada o Courier”, recibida por su intermedio. Así también, comparte con el consignatario la obligación de declarar con exactitud y de cumplir las formalidades aduaneras a cabalidad.”.