Fecha de suscripción: 2015-01-10
Fecha de publicación: 2016-07-04
Número de registro: EDICION ESPECIAL 618
Tipo de regulación: Resolución
Artículo 1.- Agregar al final del artículo 3 de la resolución SENAE-DGN-2014-0396-RE, el siguiente párrafo: “No se exigirá como requisito para operar como paletizadora la presentación de una garantía general, sin embargo en caso de verificarse la destrucción, daño o pérdida de mercancías con valor tributario que se encuentren bajo la responsabilidad de las empresas paletizadoras; y siempre que dicha destrucción, daño o pérdida sea imputable a causas suyas, se le seguirá el cobro de los tributos respectivos vía coactiva.”