Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0119-RE Expedir las siguientes REFORMAS AL MANUAL GENERAL PARA EL DESARROLLO DEL RÉGIMEN ADUANERO DE ALMACÉN LIBRE SENAE-DGN-2012-0209-RE

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Fecha de suscripción: 2013-04-16

Fecha de publicación: 2013-05-03

Número de registro: Registro Oficial 946

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Tipo de regulación: Resolución

Expedir las siguientes: REFORMAS AL MANUAL GENERAL PARA EL DESARROLLO DEL RÉGIMEN ADUANERO DE ALMACÉN LIBRE (SENAE-DGN-2012-0209-RE)


Artículo 1: Agréguese el capítulo V que será del siguiente tenor:


“CAPÍTULO V
DEL CIERRE DE LAS OPERACIONES
Artículo 13: El retiro voluntario o forzoso de la autorización otorgada a un operador, traerá como consecuencia la caducidad de los regímenes aduaneros especiales que dependan o hayan sido aceptados al amparo de dicha autorización. Consecuentemente, el operador deberá designar un destino o régimen aduanero para culminar los regímenes aduaneros pendientes, hasta en un término de 20 días hábiles, sin opción a prórroga, contabilizados a partir de la notificación de la resolución de cancelación. Al señalar la forma bajo la cual culminarán los regímenes aduaneros pendientes, solicitará a la Dirección Distrital competente un plazo para el efecto, plazo que no podrá exceder de 30 días hábiles, plazo al cual se podrá agregar un día hábil por cada cien mil dólares de mercadería que el Almacén Libre conserve al amparo de dicho régimen.

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