Resolución No. 010-2020 del Comité de Comercio Exterior

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2020-08-06

Fecha de publicación: 2020-08-14

Número de registro: R.O. No. 885

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

La presente Resolución indica, en su parte pertinente, lo siguiente:

Artículo 1.- Implementar como documento de soporte obligatorio la “Autorización electrónica para la importación de bienes o vehículos para uso o atención de personas con discapacidad” que se deberá aplicar a la subpartida arancelaria 9805.00.00.00. 

El presente documento será autorizado por la Dirección Nacional de Discapacidades del Ministerio de Salud Pública; y, aplicará al régimen de importación para el consumo.

Artículo 2.- El Ministerio de Salud Pública deberá establecer los requisitos y elaborar la guía, instructivo o procedimiento para la obtención y emisión del documento de soporte “Autorización electrónica para la importación de bienes o vehículos para uso o atención de personas con discapacidad”; conforme a la normativa vigente.

Artículo 3.- El documento de soporte será válido para una sola declaración de importación, con una vigencia de 180 días calendario contados a partir de su aprobación.

Institución o instituciones emisoras

  • Comité de Comercio Exterior

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