Fecha de suscripción: 2009-04-09
Fecha de publicación: 2009-04-30
Número de registro: 497
Tipo de regulación: Resolución
"Disposicion General' ',Mica.- El Servicio de Rentas Internas en ejercicio de sus facultades legales podia exigir I a presentacion de la declaracion patrimonial a personas naturales que no hayan permanecido en el Ecuador por al menos 183 dies :calendario -consecutivos o no- en un mismo ejercicio impositivo, cuyo valor de activos al primero de enero del alio requerido, supere los montos establecidos en• este actO normativo y con forme las disposiciones contenidas en el, siempre y cuando durante el ejercicio fiscal anterior il-que corresponda la declaraciOn patrimOnial hayan obtenido directa o indirectamente ingresos de fuente ecuatoriana, o hayan sido o sean partes relacionadas de sociedades o personas naturaleS domicilladas o residentes en el Ecuador. Para la presentacion de la declaraciOn, el Servicio de RentaS internas -observando lo dispuesto en el articulo 59 y siguientes del Codigo Tributario-'notificara al obligado con el requerimiento respectivo, concediendo el plazo de 10 dias habiles para entrego de la informacion. Cuando el plazo referido fenezca don antelacion a las•- fechas maximas de presentacion establecidas en el articulo 3 de este Resolucion, el mismo se entendera extendido hasta la fechas maximas senaladas en dicho articulo."