Reglamento General a la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2019-05-16

Fecha de publicación: 2019-06-10

Número de registro: R.O. Suplemento No. 505

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Reglamento de ley

El presente reglamento general tiene por objeto establecer las disposiciones y procedimientos para la aplicación de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos.

Las disposiciones de la Ley y su Reglamento son aplicables a todos los trámites administrativos que se gestionen en:
1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral, Transparencia y Control Social, en la Procuraduría General del Estado y la Corte Constitucional;
2. Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado y regímenes especiales;
3. Las empresas públicas;
4. Las entidades que tienen a su cargo la seguridad social;
5. Las entidades que comprenden el sector financiero público;

6. Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado;
7. Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales para la prestación de servicios públicos; y,
8. Las personas naturales o jurídicas del sector privado que sean gestoras delegadas o concesionarias de servicios públicos.
Asimismo, el contenido de la presente Ley es aplicable a las relaciones que se generen a partir de la gestión de trámites administrativos entre el Estado y las y los administrados; entre las entidades que conforman el sector público; y entre éstas y las y los servidores públicos.
Las disposiciones de la Ley serán aplicables a las demás entidades del sector privado que tengan a su cargo trámites ciudadanos solo en los casos en que la Ley lo establezca expresamente.
La Ley no es aplicable a los trámites administrativos del sector defensa o que comprometan la seguridad nacional.

Institución o instituciones emisoras

  • Presidencia de la República del Ecuador

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