Fecha de suscripción: 2011-01-12
Fecha de publicación: 2011-02-01
Número de registro: RO EdiciónEspecial 375 año2011
Tipo de regulación: Resolución
Mediante Resolución No. C. D. 261 de 26 de mayo del 2009, reformada con la Resolución No. C. D. 274 de 7 de agosto del 2009, ratifica las tablas de distribución de las tasas de aportación de los trabajadores temporales de la industria azucarera al IESS; además de establecer que: "El empleador está obligado, bajo su responsabilidad y sin necesidad de reconvención, a inscribir al trabajador temporal de la industria azucarera como afiliado del seguro general obligatorio desde el primer día de labores, y remitir al IESS el aviso de entrada, dentro de los primeros quince días, de conformidad a la ley. En lo posterior por cada mes de zafra se registrará hacia adelante uno de interzafra, para garantizar la adecuada y oportuna concesión de prestaciones, según los procedimientos definidos en el Instructivo dictado por el Director General del IESS"